Tema: Traspaso de Fondos entre Cuentas.-
VISTO:
La transferencia efectuada por el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (IPVyDU) según el Expediente 1108/2015 de fecha 13/04/2015, y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada transferencia, de Pesos Doscientos noventa y cinco mil seiscientos noventa y cinco con treinta y seis Centavos ($295.695,36), ingresó a la Cuenta Presupuestaria ordenándose erróneamente su traspaso a la Cuenta Corriente anteriormente numerada como: 4300022/3: la cual actualmente tiene denominación: 201088/11 – Programa IPVyDU con fecha 20/03/2015.-
Que la transferencia del Visto corresponde a la construcción de 3 viviendas sociales IPVyDU., cuyo convenio inicial fue ratificado por la Ordenanza Municipal Nº 027/2013 de fecha 17/05/2013, con un modificatorio ratificado por Ordenanza Municipal Nº 055/2014.-
Que advertido el equívoco, es preciso efectuar la devolución de monto transferido desde la Cuenta Corriente Nº 201088/11 – Programa IPVyDU, a la Cuenta Presupuestaria Nº 201088/1.-
Que a tal fin es preciso dictar un instrumento legal a efectos de su aplicación.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º: AUTORÍZASE al Ejecutivo Municipal a efectuar traspaso de Fondos desde la Cuenta Corriente Nº 201088/11 – Programa IPVyDU, a la Cuenta Presupuestaria Nº 201088/1, por la suma de Pesos Doscientos noventa y cinco mil seiscientos noventa y cinco con treinta y seis Centavos ($295.695,36) para la ejecución de 3 Viviendas Sociales IPVyDU.————————————————————————————————————-
Artículo 2º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese y cumplido ARCHÍVESE.————————————–
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Dieciocho días del mes de Abril del año Dos mil diecisiete, según consta en Acta Nº 1008/2017.HCD.GC.——–
