Año: 2018 Ordenanza N°: Fecha:

Ordenanza: Sistema para calcular la valuación fiscal de terrenos ubicados en el Sector Sub-Rural.

Tema: Sistema para calcular la valuación fiscal de terrenos ubicados en el Sector Sub-Rural.-

VISTO:

La necesidad de implementar un sistema para calcular la Valuación Fiscal de los terrenos que se encuentren en el Sector Sub-Rural de Gobernador Costa, y 

CONSIDERANDO:

Que el Estado Municipal debe contar con un procedimiento para lograr una valuación cabal y ajustada a la realidad.-

Que el sector Sub-Rural de Gobernador Costa posee dos zonas claramente diferentes en cuanto a su topografía, lo cual redunda directamente en la productividad de esos suelos.-

Que la zona Sub Rural al Norte de la Avenida Roca, históricamente ha sido la más favorecida por su calidad de suelo, produciendo pasturas ideales para la actividad ganadera y agrícola con riego de cursos naturales de agua, mientras que el sector Sur posee suelos yermos, de baja productividad y con dificultoso acceso al agua, los cuales llegan a ser utilizables solamente después de un cuantioso trabajo de movimiento de suelos.-   

Que por consiguiente resulta necesario proceder a zonificar la zona Sub-Rural de Gobernador Costas de modo que se logren valuaciones que tengan un criterio respecto de sus características.-  

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: A los efectos de la Valuación Fiscal de la Tierra del Sector Sub-Rural de Gobernador Costa, zonifícase el mismo de la siguiente manera:

  1. Zona 1 Sub-Rural: La constituyen las tierras Sub-Rurales que se ubican al Norte de la Avenida Julio A. Roca o Ruta Nacional Nº 40.-    
  2. Zona 2 Sub-Rural: La constituyen las tierras Sub-Rurales que se ubican al Sur de la Avenida julio A. Roca o Ruta Nacional Nº 40.-

Artículo 2º: La valuación fiscal de una Hectárea ubicada en el sector Sub-Rural de Gobernador Costa será calculada según la siguiente fórmula:

El valor de un (1) área equivale al diez por ciento (10%) del valor del metro cuadrado fijado para la Zona 1 o Zona 2 del Sector Urbano de Gobernador Costa vigente según la Ordenanza del Impuesto Inmobiliario Urbano, ejemplos:

  1. Un (1) área de terreno sub-rural de Zona 1 = 10% del valor del metro cuadrado de la zona 1 del sector Urbano ($25,00), es decir que un (1) área = $2,5 | 1 Hectárea = $25.000,00.-
  2. Un (1) área de terreno sub-rural de Zona 2 = 10% del valor del metro cuadrado de la Zona 2 del sector Urbano ($19,00), es decir que un (1) área = $1,9 | 1 Hectárea = $19.000,00.-

La base imponible detallada en los incisos a) y b) será multiplicada por la cantidad de Hectáreas que corresponda en cada caso y de esa manera se obtendrá la Valuación Fiscal del Inmueble en cuestión.————————————————————————————-

Artículo 3º: Para calcular el valor de las mejoras enclavadas en terrenos del Sector Sub-Rural de Gobernador Costa se tomará la cantidad de metros cuadrados construidos por su valor de mercado vigente, suministrado por la Dirección de Obras Públicas Municipal, descontándose un diez por ciento (10%) de dicho valor por cada diez (10) años de antigüedad de la construcción.——————————————————————————-

Artículo 4º: De Forma.——————————————————————————————

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Diecinueve días del mes de Junio del año Dos mil dieciocho, según consta en Acta Nº 1036/18.HCD.GC.———-

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