Año: 2023 Ordenanza N°: Fecha:

Ordenanza: Sistema de cobro mensual por funciones en este HCD por parte de los Sres. Concejales en ejercicio a partir del 11 de diciembre de 2023.

Tema: Sistema de cobro mensual por funciones en este HCD por parte de los Sres. Concejales en ejercicio a partir del 11 de diciembre de 2023.-

VISTO:

EL Sistema de cobro mensual para Concejales en ejercicio de este Concejo Deliberante, dispuesto por la Ordenanza Municipal Nº 036/2022.MGC., y

CONSIDERANDO:

Que se comparte en todos sus términos el sistema de cálculo de la suma dineraria mensual que la Ordenanza Municipal Nº 036/2022.MGC, estableció para la percepción de haberes de los Concejales en ejercicio de este Concejo Deliberante.-

Que en esta oportunidad se busca perfeccionar dicho sistema de cobro mensual, estableciendo una normativa con dinámica propia de actualización.-

Que constituye una atribución y deber del Honorable Concejo Deliberante, fijar el sueldo o gastos de representación de los Sres. Concejales.-

Que esta gestión pretende jerarquizar la función del Poder Legislativo local, resaltando su importancia en el marco de las instituciones democráticas y la forma de gobierno republicana.-

Que asimismo, se pretende otorgar cobertura social integral a todos los ediles que así lo requieran, en los términos del artículo 14 bis de la Constitución Nacional.-

Que a todos esos fines es necesario la emisión de una Ordenanza para el periodo determinado entre el 11 de diciembre de 2023 y el 10 de diciembre de 2027.-

Que la presente Ordenanza se emite en virtud de la autonomía municipal consagrada en la Constitución de la Provincia del Chubut.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, CHUBUT, en ejercicio de sus atribuciones legales conferidas por la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA:

Artículo 1º: A partir del 11 de Diciembre de 2023 y hasta el 10 de diciembre de 2027, inclusive, los Sres. Concejales en ejercicio del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, percibirán mensualmente como pago remunerativo, con todos los aportes de ley, por el ejercicio de sus funciones; el valor monetario equivalente a Dos Días y medio (2,5) de viático establecido en el Artículo 30º, Incisos 1 y 2 del Capítulo X del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 01.———————————————————————-

Artículo 2º: Los Sres. Concejales que así lo determinen, pueden optar por el cobro mensual en carácter de Gastos de Representación por el ejercicio de sus funciones operando el mismo valor monetario de la fórmula establecida en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.——————————————————————————————–

Artículo 3º: Establécese el diez por ciento (10%) adicional a la suma dineraria señalada en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, para el Concejal que se desempeñe como Presidente HCD.————————————————————————————————–

Artículo 4º: Deróguese en todos sus términos la Ordenanza Municipal Nº 036/2022.MGC.-

Artículo 5º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-

Artículo 6º: De forma.——————————————————————————————

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Especial, a los Veintisiete Días del mes de Diciembre del año Dos mil veintitrés, según consta en Acta Nº 1179/23.HCD.GC.—-

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