Tema: Salidas Recreativas en Gobernador Costa durante la Pandemia por COVID-19.-
VISTO:
La Ordenanza N° 004/2020.MGC., y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha Ordenanza se autorizaron las salidas recreativas en Gobernador Costa, en lugares determinados, con días y horarios específicos.-
Que de igual manera se estableció un protocolo de prevención para las salidas recreativas.-
Que conforme la primera experiencia de las salidas recreativas y el correcto comportamiento de la población que las utilizó, se estima oportuno flexibilizar las restricciones vigentes.-
Que a esos fines es necesario la emisión de una Ordenanza.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le otorga la Ley XVI N° 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: Las Salidas Recreativas en Gobernador Costa, Chubut, están permitidas de lunes viernes de 13:00 a 17:00 horas, en tanto que los fines de semana y feriados, las salidas recreativas tienen horario libre hasta las 17:00 horas, debiendo cumplirse, en todos los casos, con el protocolo de prevención establecido en la Ordenanza Municipal N° 004/2020.MGC.—————————————————————————————————
Artículo 2°: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 3 °: Regístrese, comuníquese, notifíquese y cumplido Archívese.———————–
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Especial, a los Once días del mes de Junio del año Dos mil veinte, según consta en Acta N° 1091/20.HCD.GC.————————-
