Año: Ordenanza N°: Fecha:

Ordenanza: Ratificación del convenio modificatorio para la construcción de una vivienda a favor de la Sra. Gladys Lobos.

Tema: Ratificación del convenio modificatorio para la construcción de una vivienda a favor de la Sra. Gladys Lobos.

VISTO:

El Convenio Ejecutivo Modificatorio para la Construcción de 1 Vivienda de 2 Dormitorios para la Sra. Gladys Lobos, en la localidad de Gobernador Costa, y    

CONSIDERANDO:

Que en fecha 29 de Agosto de 2016 ha sido suscripto el Convenio del Visto entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Municipalidad de Gobernador Costa.-

Que dicho Convenio viene a ampliar la cifra de Pesos Quinientos cincuenta y seis mil setecientos trece con ochenta y nueve centavos ($556.713,89) comprometidos en el inicial Convenio de Ejecución, para alcanzar el monto de Pesos Seiscientos ochenta y seis mil cuatrocientos treinta y siete con veintidós centavos ($686.437,22).-

Que consecuentemente la cifra en la cual se incrementa el financiamiento para la obra en cuestión es de Pesos Ciento veintinueve mil setecientos veintitrés con treinta y tres centavos ($129.723,33).-   

Que el Convenio de Ejecución inicial por la citada obra está debidamente ratificado por la Ordenanza Municipal Nº 011/2015.MGC.-

Que es necesario ratificar el Convenio Ampliatorio del Visto, según el Artículo 44 de la Ley XVI Nº 46, y asimismo dar ingreso al Presupuesto General de Recursos y Erogaciones del ejercicio 2016 a la nueva suma monetaria acordada.-   

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º: RATIFÍCASE en todos su términos el Convenio Ejecutivo Modificatorio para la Construcción de 1 Vivienda de 2 Dormitorios para la Sra. Gladys Lobos, en la localidad de Gobernador Costa por la suma de hasta Pesos Seiscientos ochenta y seis mil cuatrocientos treinta y siete con veintidós centavos ($686.437,22).——————————

Artículo 2º: AUTORÍZASE al Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones y modificaciones presupuestarias que sean menester, a los fines exclusivos de dar cabal cumplimiento a las obligaciones derivadas del Documento ratificado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.——————————————————————————————–

Artículo 3º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria a los Veintisiete días del mes de Septiembre del año Dos mil dieciséis, según consta en Acta Nº 998/2016.HCD.GC.-

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