Año: 2012 Ordenanza N°: Fecha: 2012-04-26

Ordenanza: Ratificación del Convenio con la Provincia del Chubut para 250 conexiones domiciliarias al sistema cloacal.

VISTO: El Convenio aporte no reintegrable suscripto con el Gobierno Provincial para la ejecución de la obra 250 conexiones domiciliarias al sistema cloacal por una suma de $675.000, y 

CONSIDERANDO:

Que en dicho documento se establecen las obligaciones que asume la Municipalidad a los fines de la correcta utilización de los fondos que se giren desde la Provincia para concretar la obra.-

Que la obra de la red cloacal constituye un anhelo de años de la comunidad toda, destacándose que ya se encuentra en las fases cercanas a la finalización, máxime cuando para ello, en esta etapa, se utilizan fondos subsidiados.-

Que es necesaria la ratificación del Convenio del Visto por parte de este Concejo Deliberante mediante proyecto de ordenanza en los términos del Art. 44 de la Ley XVI Nº 46.-

Que tal actuación encuentra su menester en razón del comienzo de la acreditación de los fondos no reintegrables en la respectiva cuenta bancaria habilitada a tal efecto.-

POR ELLO:             

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GOBERNADOR COSTA, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY XVI Nº 46 SANCIONA CON FUERZA DE: 

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: RATIFICASE en TODOS SUS TÉRMINOS el Convenio firmado en fecha 18 de febrero de 2012,  entre el Gobierno de la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Gobernador Costa para la ejecución de la obra 250 conexiones domiciliarias al sistema cloacal por una suma no reintegrable de Pesos Seiscientos setenta y cinco mil ($675.000,00).—————————————————————————————————–

Artículo 2º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, Cumplido, archívese.—————————————

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Especial a los Veintiséis días del mes de abril de Dos mil doce, según consta en Acta Nº 895/12.HCD.—-

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