Tema: Ratificación Convenio Nº 01711 suscripto con la Administración de Vialidad Provincial p/obra Adoquinamiento de 3400m² de calles.-
VISTO:
El Convenio firmado con la Administración de Vialidad Provincial en fecha 28 de febrero de 2022, para pavimentar 3400m² de calles de nuestra localidad, con adoquines de hormigón, y
CONSIDERANDO:
Que a través de dicho convenio, Vialidad Provincial financiará hasta una suma de Pesos Tres Millones Seiscientos Trece Mil Cuatrocientos Cincuenta y Siete con Treinta y Tres Centavos ($3.613.457,33) para el adoquinamiento de calles de nuestra localidad previamente seleccionadas, totalizando 3400m², lo cual tenderá al ordenamiento urbano con el correcto trazado de las calles, el escurrimiento de agua de origen pluvial o de deshielo y el fin de los baches.-
Que dicha suma es reintegrable, por parte de la Municipalidad de Gobernador Costa, en Treinta y seis (36) cuotas consecutivas.-
Que la contratación de la mano de obra estará a cargo de la Municipalidad de Gobernador Costa, beneficiando de tal manera a trabajadores de la localidad.-
Que no se encuentran objeciones a las demás cláusulas, condiciones y obligaciones que establece el Convenio Nº 01711 suscripto con la Administración de Vialidad Provincial.-
Que la presente Ordenanza se emite en cumplimiento del Artículo 44 de la Ley XVI Nº 46.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: RATIFÍCASE en TODOS SUS TÉRMINOS el Convenio firmado con la Administración de Vialidad Provincial en fecha 28 de febrero de 2022, a los fines de pavimentar 3400m² de calles de nuestra localidad, con adoquines de hormigón por una suma reintegrable de Pesos Tres Millones Seiscientos Trece Mil Cuatrocientos Cincuenta y Siete con Treinta y Tres Centavos ($3.613.457,33).——————————————————————————-
Artículo 2°: Autorízase al Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias menester a los fines de dar efectivo cumplimiento a las obligaciones derivadas de la aprobación del documento señalado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, el cual como Anexo I forma parte integral de la misma.———————————————————
Artículo 3º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————
Artículo 4º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Seis días del mes de Junio del año Dos mil veintitrés, según consta en Acta Nº 1164/23.HCD.GC.——————–
