Tema: Ratificación Convenio IPVyDU. para la obra 5 viviendas de 2 dormitorios.-
VISTO:
El Convenio Ejecutivo para la Construcción de 5 Viviendas de 2 dormitorios en la localidad de Gobernador Costa, suscripto con el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (IPVyDU), y
Considerando:
Que a través del referenciado documento el IPVyDU. aportará la suma de $1.443.182,75 a los fines de la ejecución de la Obra del Visto.-
Que esta Comisión, por cuanto el Concejo Deliberante representado por ambos Bloques que lo integran, ha tenido a la vista y analizado los términos y las condiciones a las que se obliga la Municipalidad local al aceptar las nueve cláusulas contenidas en el Convenio.-
Que dichas obligaciones son coincidentes con los convenios firmados el IPV y DU y posteriormente ratificados mediante los cuales se han concretado viviendas en nuestra localidad.-
Que se continuará con el sistema de Obra Delegada Municipal a los fines de la ejecución de estas obras, lo cual siempre viene en beneficio de los constructores locales.-
Que es intención de este Concejo Deliberante se continúe con la ejecución de unidades habitacionales para favorecer a los vecinos que cumplimenten los requisitos exigidos justamente por el IPV y DU.-
Que el Convenio de Visto se encuentra debidamente suscripto por las autoridades pertinentes, y registrado en la Escribanía General de Gobierno.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GOBERNADOR COSTA, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY XVI Nº 46, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS el Convenio Ejecutivo firmado con el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano., en fecha 04 de octubre de 2013, a los fines de la ejecución de la obra “Construcción de 5 Viviendas de 2 dormitorios en la localidad de Gobernador Costa”, por una suma de Pesos Un millón cuatrocientos cuarenta y tres mil ciento ochenta y dos con setenta y cinco centavos ($1.443.182,75).—
Artículo 2º: AUTORÍZASE al Ejecutivo Municipal a efectuar las adecuaciones presupuestarias que sean menester a los fines de dar efectivo cumplimiento a las obligaciones del convenio ratificado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.————–
Artículo 3º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria a los Veinte días del mes de Mayo del año Dos mil catorce, según consta en Acta Nº 945/14.HCD.GC.————————————-
