Tema: Permiso Precario de Ocupación Parcela 36 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e, Chacra 4.-
VISTO:
La Nota de fecha 29 de Marzo de 2016 presentada por el Sr. VIDAL, Rodolfo DNI. Nº 12.231.178, y
CONSIDERANDO:
Que en dicha nota el Sr. Vidal reitera por segunda vez la solicitud de adjudicación a su favor de un terreno fiscal con destino a la construcción de una vivienda unipersonal a ser ejecutada por medios propios.-
Que no se encuentran impedimentos a los fines de dar favorable curso a la solicitud del Sr. Vidal, quien demuestra voluntad de progreso propio para llevar a cabo su vivienda, hecho meritorio en razón de la edad adulta del solicitante, próximo a jubilarse.-
Que a los fines del otorgamiento de una tierra fiscal deben quedar establecidas claramente las condiciones y exigencias a las que la parte adjudicataria queda sujeta una vez iniciada la ocupación.-
Que la administración de la tierra fiscal es exclusiva facultad del Concejo Deliberante, lo cual se encuentra prescripto en la Constitución Provincial, la Ley XVI Nº 46 y la Ordenanza Nº 11/85 “Bis”.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de sus facultades legales, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º: OTÓRGUESE el PERMISO PRECARIO DE OCUPACIÓN de la Parcela 36 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e, Chacra 4, del Barrio Malvinas, Gobernador Costa, a favor del Sr. VIDAL, Rodolfo DNI. Nº 12.231.178, a fines exclusivos de construcción de vivienda unipersonal.——————————————————————————————-
Artículo 2º: REQUISITOS MÍNIMOS A CUMPLIMENTAR POR EL TITULAR DEL PERMISO:
- Cercamiento del perímetro del terreno en un plazo de hasta tres (3) meses contados en días seguidos a partir de La notificación de la presente ordenanza.-
- Plazo de hasta dos años para la construcción de la vivienda unipersonal, contados en días seguidos desde la notificación de la presente ordenanza.-
- Plazo de hasta sesenta (60) días corridos, contados desde la notificación de la presente ordenanza, a los fines de presentar ante la Municipalidad de Gobernador Costa y el Concejo Deliberante copia del Proyecto de la vivienda a ejecutar, consistente en Memoria Descriptiva, Cálculo de inversión, planta, vistas y cortes, realizado por profesional.-
- En ningún caso el Titular del Permiso podrá modificar el destino de construcción de vivienda unipersonal del terreno que ocupa.-
- En ningún caso el titular del permiso podrán vender, alquilar o transferir la Parcela 36 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e, Chacra 4, Sector 4 del Barrio Malvinas de Gobernador Costa.-
Artículo 3º: CAUSALES DE CADUCIDAD:
Incumplimiento de lo previsto en los incisos contenidos en el Artículo 2º de la presente Ordenanza.——————————————————————————————————–
Artículo 4º: Previo a la ocupación del lote en cuestión, el Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, realizará un certificado de amojonamiento del terreno señalado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.——————————————————————-
Artículo 5º: DEL TÍTULO DE PROPIEDAD:
A los fines de la obtención del título de propiedad de la Parcela 36 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e, Chacra 4, del Barrio Malvinas de Gobernador Costa, el Sr. VIDAL, Rodolfo DNI. Nº 12.231.178 debe acreditar, ante el Departamento de Obras y Servicios Públicos Municipal, el avance de cien por ciento de las obras objeto de la adjudicación, en los plazos previstos en la presente Ordenanza y con precio a valor fiscal.————————
Artículo 6º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.—————————————————–
Artículo 7º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria a los Veinticinco días del mes de Octubre del año Dos mil dieciséis, según consta en Acta Nº 1000/2016.MGC.——–
