Tema: Permiso Precario de Ocupación Parcela 3 Manzana Nº 36c, Sector 4 a favor Sra. FERREYRA, Karina DNI. Nº 34.665.557 y Sr. MARQUEZ BITANCURT, Sergio DNI. Nº 28.084.375.-
VISTO:
La Nota de fecha 09 de Mayo de 2023 presentada por la Sra. FERREYRA, Karina DNI. Nº 34.665.557 y Sr. MARQUEZ BITANCURT, Sergio DNI. Nº 28.084.375, y
CONSIDERANDO:
Que amos vecinos en carácter de concubinos reiteraron su solicitud de adjudicación a su favor de un terreno fiscal con destino a la ejecución de una vivienda a ser ocupada por su grupo familiar.-
Que mediante la Ordenanza Municipal Nº 009/2023.MGC., se procedió al recupero de la Parcela 3 de la Manzana Nº 36c, Sector 4 del Barrio Malvinas, libre de mejoras y apto para su adjudicación.-
Que la Ordenanza Municipal N° 061/2017.MGC., establece las obligaciones y plazos que deben cumplimentar los beneficiarios de la Tierra Fiscal Municipal.-
Que la administración de la Tierra Fiscal Municipal es exclusiva facultad del Concejo Deliberante Municipal según lo tiene previsto la Constitución Provincial en su Artículo 233, Incisos 1 y 10, la Ley XVI – Nº 46 y la Ordenanza Municipal Nº 061/2017.MGC.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Otórgase el Permiso Precario de Ocupación de la Parcela 3 de la Manzana Nº 36c, del Sector 4, Circunscripción 1 de Gobernador Costa, Chubut, a favor de la Sra. FERREYRA, Karina DNI. Nº 34.665.557 y Sr. MARQUEZ BITANCURT, Sergio DNI. Nº 28.084.375, a los fines exclusivos de construcción de una vivienda familiar.———————
Artículo 2 º: REQUISITOS MÍNIMOS A CUMPLIMENTAR POR LOS PERMISIONARIOS:
- Cercamiento del perímetro del terreno en un plazo de hasta tres (3) meses contados en días seguidos a partir de la notificación de la presente ordenanza.-
- Plazo de hasta sesenta (60) días corridos, contados desde la notificación de la presente ordenanza, a los fines de presentar ante la Municipalidad de Gobernador Costa y el Concejo Deliberante copia del Proyecto a ejecutar, consistente en Memoria Descriptiva, Cálculo de inversión, planta, vistas y cortes, realizado por profesional.-
- Plazo de hasta dos (2) años para la ejecución del Proyecto construcción de una vivienda familiar.-
- En ningún caso los Permisionarios podrán modificar el destino de ejecución del Proyecto construcción de vivienda familiar.-
- En ningún caso la Permisionaria podrá vender, alquilar o transferir la Parcela 3 de la Manzana Nº 36c, Sector 4 de Gobernador Costa.-
Artículo 3º: CAUSALES DE CADUCIDAD DEL PERMISO
Se tendrá por caducado el Permiso Precario de Ocupación ante la acreditación del incumplimiento de lo previsto en los incisos contenidos en el Artículo 2º de la presente Ordenanza o de las previsiones de la N° 061/2017.MGC.———————————————-
Artículo 4º: Previo a la ocupación del lote en cuestión, el Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, realizará un certificado de amojonamiento del terreno señalado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.——————————————————————-
Artículo 5º: DE LA ADJUDICACIÓN EN VENTA:
A los fines de la Adjudicación en Venta, para la posterior tramitación del título de propiedad de la Parcela 3 de la Manzana Nº 36c, Sector 4 del Barrio Malvinas de Gobernador Costa, los Permisionarios deben acreditar, ante el Departamento de Obras y Servicios Públicos Municipal, el avance de cien por ciento (100%) de las obras objeto del permiso precario de ocupación, en los plazos previstos en la presente Ordenanza y con precio a ser fijado en los términos del Artículo 11 de la Ordenanza Municipal N° 061/2017.MGC.—————————————————————————————————
Artículo 6º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.—————————————————–
Artículo 7º: Regístrese, Comuníquese y cumplido ARCHÍVESE.————————————–
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Seis días del mes de Junio del año Dos mil veintitrés, según consta en Acta Nº 1164/23.HCD.GC.——————–
