Año: 2015 Ordenanza N°: Fecha: 2015-09-10

Ordenanza: Permiso Precario de Ocupación Parcela 29 del Macizo 13 Sector 4 a favor Sra. GONZÁLEZ, Lorena Ester DNI. N° 26.080.615.

Tema: Permiso Precario de Ocupación Parcela 29 del Macizo 13 Sector 4 a favor Sra. GONZÁLEZ, Lorena Ester DNI. N° 26.080.615.-

VISTO:

                La solicitud efectuada por la Sra. GONZÁLEZ, Lorena Ester DNI. N° 26.080.615, mediante nota de fecha 31 de agosto de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Sra. González solicita la adjudicación a su favor de un terreno fiscal con destino a la construcción de vivienda familiar y la ejecución de un micro-emprendimiento Familiar, el cual ya se encuentra en explotación en inmueble alquilado, que consiste en local comercial Kiosco, locutorio y multi-rubro.-

Que la solicitud del visto es reiteración de similar presentada por la solicitante en fecha 23 de junio de 2014.-

Que la solicitante ha cumplimentado con los requisitos exigibles en los casos de solicitud de terreno fiscal para vivienda familiar y emprendimiento.-

Que en el Macizo 13 del Sector 4 de esta localidad existe disponibilidad de terrenos fiscales que ha sido pre-determinados con destino a la radicación de Micro-emprendimientos comerciales.-

Que la administración de la tierra fiscal es necesariamente imperio de este Concejo Deliberante según lo establece la Constitución Provincial, la Ley XVI N° 46 y la Ordenanza Municipal N° 11/85 “Bis”.-

POR ELLO:

                EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º: AUTORIZACIÓN:

Autorízase el Permiso Precario de Ocupación del terreno fiscal denominado Parcela 29 del Macizo 13, Sector 4, Circunscripción 1 de Gobernador Costa con una superficie de 498,75 m2., según Plano de Mensura Nº 23659, P 857 – 07, Tomo 221, Folio 37, a favor de la Sra. GONZÁLEZ, Lorena Ester DNI. N° 26.080.615 a los fines exclusivos de la ejecución del micro-emprendimiento local comercial multi-rubro: Kiosco y locutorio y vivienda familiar.-

Artículo 2º: OBLIGACIONES: 

La Sra. GONZÁLEZ, Lorena Ester tiene hasta sesenta (60) días corridos contados desde la notificación de la presente ordenanza, a los fines de presentar ante la Municipalidad de Gobernador Costa y el Concejo Deliberante copia del Proyecto Definitivo de la Obra a ejecutar, consistente en Memoria Descriptiva, Plano General, Cálculo de inversión, planta, vistas y cortes.—————————————————————————————————-

Artículo 3º: La Sra. GONZÁLEZ, Lorena Ester tiene un plazo de hasta noventa (90) días corridos contados a partir de la notificación de la presente ordenanza, a los fines de comenzar con la ejecución de las obras presentadas en el Proyecto Definitivo y hasta dos (2) años para su finalización en un cien por ciento.—————————————————–

Artículo 4º: La Sra. GONZÁLEZ, Lorena Ester tiene un plazo de hasta tres (3) meses a los fines de realizar el cercado perimetral de la Parcela 29 del Macizo 13, Sector 4 del acceso Sur-este de esta localidad.————————————————————————————- 

Artículo 5º: La Sra. GONZÁLEZ, Lorena Ester no podrá modificar el rubro por el cual se le otorgó el terreno fiscal por un plazo no menor a dos (2) años a partir de la finalización del cien por ciento de la obra.  En este caso se aplicará lo previsto en la Ordenanza Municipal Nº 033/2012 del Procedimiento de habilitaciones comerciales.————————————-

Artículo 6º: DEL TÍTULO DE PROPIEDAD: 

A los fines de la obtención del título de propiedad de la Parcela 27 del Macizo 13 de una superficie de 498,75m2., Sector 4, Circunscripción 1 de Gobernador Costa con 498,75m2., según Plano de Mensura Nº 23659, P 857 – 07, Tomo 221, Folio 37: La Sra. GONZÁLEZ, Lorena Ester DNI. N° 26.080.615 debe acreditar, ante el Departamento de Obras Públicas y Servicios Públicos Municipal, el avance de cien por ciento de las obras objeto de la adjudicación, en los plazos previstos en la presente Ordenanza y con precio a valor fiscal.-  

Artículo 7º: CAUSALES DE CADUCIDAD DEL PERMISO: 

El Permiso Precario de Ocupación autorizado en el Artículo 1º caducará automáticamente cuando se encuentren acreditados los siguientes hechos: 

  1. Incumplimiento, por parte de la Sra. GONZÁLEZ, Lorena Ester DNI. N° 26.080.615  en la ejecución del micro-emprendimiento local comercial multi-rubro: Kiosco y locutorio y vivienda familiar.-.
  2. Constatación, por parte del Estado Municipal, sobre la alteración de los fines previstos en el Proyecto, a excepción de requerimiento formal del ocupante y posterior autorización expresa de la Municipalidad.-
  3. Incumplimiento de las obligaciones establecidas en los Art. 2º, 3º, 4º y 5º de la presente Ordenanza.-

Artículo 8º: AMOJONAMIENTO DEL LOTE: 

Previo al otorgamiento del Permiso Precario de Ocupación, el Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, realizará un certificado de amojonamiento del terreno señalado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.—————————————————————

Artículo 9º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-

Artículo 10°: De Forma.—————————————————————————————-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria a los Diez días del mes de Noviembre del año Dos mil quince, según consta en Acta N° 979/15HCD.GC.——————-

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