Año: Ordenanza N°: Fecha:

Ordenanza: Permiso Precario de Ocupación Parcela 16 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e, Chacra 4, Sector 4.

Tema: Permiso Precario de Ocupación Parcela 16 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e, Chacra 4, Sector 4.-

VISTO:

La Nota de fecha 13 de Septiembre de 2016 presentada por el Sr. JARAMILLO, Miguel Ángel DNI. Nº 25.881.460, y

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Jaramillo presentó solicitud de adjudicación a su favor de un terreno fiscal con destino a la construcción de una vivienda familiar.-

Que el Sr. Jaramillo ha presentado documentación que acredita su identidad, la de su concubina y sus dos hijas, además de acreditar concubinato desde hace cinco años.-

Que a los fines del otorgamiento de una tierra fiscal deben quedar establecidas claramente las condiciones y exigencias a las que la parte adjudicataria queda sujeta una vez iniciada la ocupación.- 

Que la administración de la tierra fiscal es exclusiva facultad del Concejo Deliberante, lo cual se encuentra prescripto en la Constitución Provincial, la Ley XVI Nº 46 y la Ordenanza Nº 11/85 “Bis”.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de sus facultades legales, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º: OTÓRGUESE el PERMISO PRECARIO DE OCUPACIÓN de la Parcela 16 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e, Chacra 4 Sector 4 del Barrio Malvinas de Gobernador Costa, a favor del Sr. JARAMILLO, Miguel Ángel DNI. Nº 25.881.460, a los fines exclusivos de construcción de vivienda familiar.————————————————–

Artículo 2º: REQUISITOS MÍNIMOS A CUMPLIMENTAR POR EL TITULAR DEL PERMISO:

  1. Cercamiento del perímetro del terreno en un plazo de hasta tres (3) meses contados en días seguidos a partir de La notificación de la presente ordenanza.-
  2. Plazo de hasta dos (2) años para la construcción de la vivienda familiar, contados en días seguidos desde la notificación de la presente ordenanza.-
  3. Plazo de hasta sesenta (60) días corridos, contados desde la notificación de la presente ordenanza, a los fines de presentar ante la Municipalidad de Gobernador Costa y el Concejo Deliberante copia del Proyecto de la vivienda a ejecutar, consistente en Memoria Descriptiva, Cálculo de inversión, planta, vistas y cortes, realizado por profesional.-
  4. En ningún caso el Titular del Permiso podrá modificar el destino de construcción de vivienda familiar del terreno que ocupa.-
  5. En ningún caso el titular del permiso podrán vender, alquilar o transferir la Parcela 16 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e, Chacra 4 Sector 4 del Barrio Malvinas de Gobernador Costa, Sector 4 del Barrio Malvinas, Gobernador Costa.-

Artículo 3º: CAUSALES DE CADUCIDAD:

Incumplimiento de lo previsto en los incisos contenidos en el Artículo 2º de la presente Ordenanza.——————————————————————————————————–

Artículo 4º: Previo a la ocupación del lote en cuestión, el Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, realizará un certificado de amojonamiento del terreno señalado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.——————————————————————-

Artículo 5º: DEL TÍTULO DE PROPIEDAD: 

A los fines de la obtención del título de propiedad de la Parcela 16 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e, Chacra 4, Sector 4 del Barrio Malvinas de Gobernador Costa, el Sr. JARAMILLO, Miguel Ángel DNI. Nº 25.881.460, debe acreditar, ante el Departamento de Obras y Servicios Públicos Municipal, el avance de cien por ciento de las obras objeto de la adjudicación, en los plazos previstos en la presente Ordenanza y con precio a valor fiscal.-

Artículo 6º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.—————————————————–

Artículo 7º: De Forma.——————————————————————————————

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria a los Veinticinco días del mes de Octubre del año Dos mil dieciséis, según consta en Acta Nº 1000/2016.MGC.——

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