Tema:Permiso precario de ocupación de la Parcela 32 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e de la Chacra 4, con frente a la calle 2 de abril, según Plano Nº 27769, Expediente P 086 – 12, Sector 4, Circunscripción 1
a favor de la Sra. MILLALIPE, Brenda Judith DNI. Nº 35.886.945
VISTO:
La solicitud de terreno fiscal presentada por la Sra. MILLALIPE, Brenda Judith DNI. Nº 35.886.945, y el Sr. JULIÁN, Carlos David DNI. Nº 34.665.577, y
CONSIDERANDO:
Que en su nota de fecha 17 de noviembre de 2014, la los solicitantes manifiestan que el terreno solicitado lo destinarán a la construcción de su vivienda familiar.-
Que en dicha nota, los solicitantes adjuntan copia de sus respectivos documentos nacionales de identidad, cumpliendo con los requisitos exigidos en las ordenanzas para la adjudicación de tierras fiscales.-
Que en fecha 11 de Diciembre de 2014, la Comisión “D” de Tierras Municipales ha mantenido una reunión con los solicitantes donde se dejaron en claro las exigencias a las que se comprometerán en el supuesto de resultar adjudicatarios de un terreno fiscal.-
Que en sector 4, Barrio Malvinas de esta localidad, existe disponibilidad de terrenos con medidas aptas para la construcción de vivienda familiar, en la redistribución de los Lotes 36d y 36e del sector 4, sin el servicio de Gas natural, aspecto que se dejó en claro en la reunión con los solicitantes.-
Que es el Concejo Deliberante el encargado de la administración y régimen de la tierra fiscal municipal, según la Constitución Provincial, la Ley XVI Nº 46 y la Ordenanza Nº 11/85 Bis.-
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE MUNICIPAL DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le otorga la Ley XVI – Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Autorízase el PERMISO PRECARIO DE OCUPACIÓN de la Parcela 32 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e de la Chacra 4, con frente a la calle 2 de abril, según Plano Nº 27769, Expediente P 086 – 12, Sector 4, Circunscripción 1, de Gobernador Costa, a favor de la Sra. MILLALIPE, Brenda Judith DNI. Nº 35.886.945, y el Sr. JULIÁN, Carlos David DNI. Nº 34.665.577, a los fines exclusivos de construcción de vivienda familiar.-
Artículo 2º: REQUISITOS MÍNIMOS A CUMPLIMENTAR POR LOS TITULARES DEL PERMISO:
- Cercamiento del perímetro del terreno fiscal en un plazo de hasta tres (3) meses contados a partir de notificada la presente Ordenanza.-
- Plazo de hasta dos (2) años contados a partir de la notificación de la presente Ordenanza, para la construcción de la vivienda familiar, debiendo solicitar prórroga ante el Concejo Deliberante en caso de verse imposibilitados en su cumplimiento.-
- Plazo de hasta sesenta (60) días corridos, contados desde la notificación de la presente ordenanza, a los fines de presentar ante la Municipalidad de Gobernador Costa y el Concejo Deliberante copia del Proyecto de la vivienda a ejecutar, consistente en Memoria Descriptiva, Cálculo de inversión, planta, vistas y cortes, realizado por profesional.-
- En ningún caso los titulares del Permiso podrán modificar el destino de construcción de vivienda familiar del terreno que ocupa.
Artículo 3º: CAUSALES DE CADUCIDAD DEL PERMISO:
Incumplimiento de lo previsto en los incisos contenidos en el Artículo 2º de la presente Ordenanza.——————————————————————————————————–
Artículo 4º: AMOJONAMIENTO DEL TERRENO:
Previo a la ocupación del terreno fiscal por parte de la Titular del Permiso de Ocupación, el Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, realizará un certificado de amojonamiento del terreno señalado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.————
Artículo 5º: DEL TÍTULO DE PROPIEDAD:
A los fines de la obtención del título de propiedad de la Parcela 32 de la de la Chacra 4, con frente a la calle 2 de abril, según Plano Nº 27769, Sector 4, Circunscripción 1, de Gobernador Costa la Sra. MILLALIPE, Brenda Judith DNI. Nº 35.886.945, y el Sr. JULIÁN, Carlos David DNI. Nº 34.665.577, deben acreditar, ante el Departamento de Obras Públicas y Servicios Públicos Municipal, el avance de cien por ciento (100%) de las obras objeto de la adjudicación, en los plazos previstos en la presente Ordenanza y con precio a valor fiscal.———————————————————————————————————
Artículo 6º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, en Sesión Especial, a los Diecinueve días del mes de Diciembre del año Dos mil catorce, según consta en Acta Nº 962/14.HCD.GC.————————————-
