Tema:Otórgase el PERMISO PRECARIO DE OCUPACIÓN de la Parcela 21 de la Redistribución de los Lotes 36-d y 36-e con frente a la calle 2 de abril, según Plano Nº 27769, Sector 4, Circunscripción 1, de Gobernador Costa, a favor de la Sra. PARADA, Rosa Leonor DNI. Nº 26.603.818, a los fines exclusivos de construcción de vivienda familiar.—–
VISTO:
La solicitud de terreno fiscal presentada por la Sra. PARADA, Rosa Leonor DNI. Nº 26.603.818, y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota fecha 31 de marzo de 2014, la Sra. Parada manifiesta la necesidad de acceder a un terreno para la construcción de su vivienda familiar.-
Que la Sra. Parada ha presentado copia de los documentos nacionales de identidad de su grupo familiar, dos hijos y concubino; cumpliendo con los demás requisitos exigidos en las ordenanzas vigentes para la adjudicación de tierras fiscales.-
Que en sector 4, Barrio Malvinas de esta localidad, existe disponibilidad de terrenos con medidas aptas para la construcción de vivienda familiar, en el loteo de los Lotes 36d y 36e del sector 4, clarificándose que en la actualidad estos inmuebles no poseen servicio de Gas natural.-
Que es el Concejo Deliberante el encargado de la administración y régimen de la tierra fiscal municipal, según la Constitución Provincial, la Ley XVI Nº 46 y la Ordenanza Nº 11/85 Bis.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GOBERNADOR COSTA, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY XVI Nº 46, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Otórgase el PERMISO PRECARIO DE OCUPACIÓN de la Parcela 21 de la Redistribución de los Lotes 36-d y 36-e con frente a la calle 2 de abril, según Plano Nº 27769, Sector 4, Circunscripción 1, de Gobernador Costa, a favor de la Sra. PARADA, Rosa Leonor DNI. Nº 26.603.818, a los fines exclusivos de construcción de vivienda familiar.—–
Artículo 2º: REQUISITOS MÍNIMOS A CUMPLIMENTAR POR LA ADJUDICATARIA:
- Cercamiento del perímetro del terreno en un plazo de hasta 3 meses contados a partir de la adjudicación.-
- Plazo de hasta dos años para la construcción de la vivienda familiar, debiendo solicitar prórroga ante la municipalidad en caso de verse imposibilitada en su cumplimiento.-
- Plazo de hasta sesenta (60) días corridos, contados desde la notificación de la presente ordenanza, a los fines de presentar ante la Municipalidad de Gobernador Costa y el Concejo Deliberante copia del Proyecto de la vivienda a ejecutar, consistente en Memoria Descriptiva, Cálculo de inversión, planta, vistas y cortes, realizado por profesional.-
- En ningún caso la adjudicataria podrá modificar el destino de construcción de vivienda familiar del terreno que ocupa.-.-
Artículo 3º: CAUSALES DE CADUCIDAD:
Incumplimiento de lo previsto en los incisos contenidos en el Artículo 2º de la presente Ordenanza.——————————————————————————————————–
Artículo 4º: Previo al otorgamiento del Permiso Precario de Ocupación, el Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, realizará un certificado de amojonamiento del terreno señalado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.———————————-
Artículo 5º: DEL TÍTULO DE PROPIEDAD:
A los fines de la obtención del título de propiedad de la Parcela 21 de la Redistribución de los Lotes 36-d y 36-e con frente a la calle 2 de abril, según Plano Nº 27769, Sector 4, Circunscripción 1, de Gobernador Costa la Sra. PARADA, Rosa Leonor debe acreditar, ante la Municipalidad de Gobernador Costa, el avance de cien por ciento de las obras objeto de la adjudicación, en los plazos previstos en la presente Ordenanza y con precio a valor fiscal.—————————————————————————————————————-
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, y Cumplido ARCHÍVESE.————————————-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Tres días del mes de Junio del año Dos mil catorce, según consta en Acta Nº 946/14.HCD.GC.————————————-
