Tema: Organigrama Municipal. (Derogación de la Ordenanza Nº 042/2011).-
VISTOS:
El Organigrama dependiente del Poder Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que actualmente dicho Organigrama se encuentra definido por la Ordenanza Municipal Nº 042/2011.MGC..-
Que como producto del reciente inicio de la Gestión 2015 – 2019, surge la lógica necesidad de readecuar el Organigrama Municipal a los fines de trazar el lineamiento de trabajo institucional que se busca aplicar en esta oportunidad.-
Que se producirán modificaciones respecto de las Direcciones Departamentos y líneas jerárquicas, lo cual contribuirá a la practicidad y agilidad de los accionistas que se impulsen desde el Ejecutivo Municipal tendiendo a la eficiencia y celeridad del Personal que integre el nuevo Organigrama.-
Que mediante Resolución Municipal Nº 065/2015.SMGC., se han designado a los nuevos integrantes del nuevo Gabinete Municipal y el puesto que desempeñan, actuación que debe quedar ratificada con la emisión de la presente Ordenanza.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º: APRUÉBASE el nuevo Organigrama dependiente del Poder Ejecutivo Municipal.——————————————————————————————————
Artículo 2º: CRÉANSE las siguientes Direcciones dependientes por línea jerárquica del Intendente Municipal y Secretaría de Gobierno y Coordinación de Gabinete:
- Dirección de Obras Públicas y Servicios Públicos.-
- Dirección de Deportes y Recreación.-
- Dirección de Cultura.-
- Dirección de Acción Social.-
- Dirección de Ambiente.-
- Dirección de Ganadería.-
- Dirección de Empleo y Producción.-
Artículo 3º: CRÉANSE los siguientes Departamentos por línea jerárquica del Intendente Municipal y Secretaría de Gobierno y Coordinación de Gabinete y respectiva Dirección:
- Departamento de Catastro (dependiente de la Dirección de Obras Públicas y Servicios Públicos).-
- Departamento de Turismo (dependiente de la Dirección de Cultura).-
- Departamento de Rescate Histórico Cultural (dependiente de la Dirección de Cultura).-
- Departamento de Inspección, Higiene, Control y Seguridad (dependiente de la Dirección de Ambiente).-
Artículo 4º: Las misiones y Funciones de los cargos previstos en la presente Ordenanza serán fijadas por Resolución del Ejecutivo Municipal, al igual que las eventuales vacantes a cubrir y sus respectivas remuneraciones.——————————————————————
Artículo 5º: El gasto que demande el trámite de las designaciones previstas en esta Ordenanza será afectado a la FINALIDAD 01 – ADMINISTRACIÓN CENTRAL – FUNCIÓN 01 – CONDUCCIÓN EJECUTIVA – EROGACIONES CORRIENTES – PRINCIPAL 01 PLANTA PERSONAL – Parcial 01 Autoridades Superiores.——————————————————
Artículo 6º: Fíjase como importe remunerativo para el cargo de Secretario de Gobierno y Coordinación de gabinete un monto equivalente al Cincuenta y cinco por ciento (55%) de la remuneración bruta que perciba el cargo de Intendente”.—————————————–
Artículo 7º: Fíjase como importe remunerativo para los cargos de Directores una remuneración equivalente al Treinta y cinco por ciento (35%) de la remuneración bruta que perciba el cargo de Intendente.————————————————————————-
Artículo 8: El Secretario de Gobierno, Directores y Jefes de Departamentos, son cargos políticos sin estabilidad laboral, designados y removidos por decisión del Intendente mediante Resolución, cuando éste lo considere conveniente.—————————————
Artículo 9º: DERÓGASE la Ordenanza Municipal Nº 042/2011.MGC.——————————-
Artículo 10º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.—————————————————–
Artículo 11º: De Forma.—————————————————————————————-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria a los Veintidós días del mes de Marzo del año Dos mil Dieciséis, según consta en Acta Nº 985/2016.HCD.GC.—————————-
