Año: 2015 Ordenanza N°: Fecha: 2015-09-29

Ordenanza:  OFRECIMIENTO PÚBLICO DE TERRENO DE PROPIEDAD MUNICIPAL Nº 001/2015.MGC.

TEMA: OFRECIMIENTO PÚBLICO DE TERRENO DE PROPIEDAD MUNICIPAL Nº 001/2015.MGC.- 

VISTO:

La disponibilidad de terreno de propiedad municipal en el Sector 3 de Gobernador Costa, en la margen Sureste del sector urbano de nuestra localidad, y

CONSIDERANDO: 

Que en dicho sector existe disponibilidad de una parcela de Propiedad Municipal con las dimensiones y condiciones aptas para ser destinadas a su ocupación por parte de vecinos.- 

Que la Ley XVI – Nº 46 en su Artículo 53 establece el procedimiento al cual debe ajustarse esta Municipalidad para la adjudicación de terrenos de propiedad municipal.- 

Que es intención de este Concejo Deliberante adjudicar el Lote disponible, a cuyos fines debe aplicarse la modalidad de Ofrecimiento Público con presentación de Ofertas en Sobre Cerrado.-

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE MUNICIPAL DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le otorga la Ley XVI – Nº 46, sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: OFRECIMIENTO PÚBLICO DE TERRENO DE PROPIEDAD MUNICIPAL Nº 001/2015.MGC. 

Adjudíquense, bajo el sistema de Ofrecimiento Público, el terreno de Propiedad Municipal detallado a continuación: Parcela 9 de la Manzana Nº 52, Sector 3, Circunscripción 1 de Gobernador Costa, Chubut.———————————————————————————–

Artículo 2º: DESTINO DEL LOTE OFERTADO:

El Lote ofertado en el Artículo 1º es con destino exclusivo para la construcción de vivienda.————————————————————————————————————

Artículo 3º: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS:

ESTABLÉCESE el plazo comprendido desde el día de publicación de la presente Ordenanza en el Boletín Oficial Municipal y por el término de Treinta (30) días corridos, para la recepción de las Ofertas en sobre cerrado, en el Concejo Deliberante, en horario de oficina.————————————————————————————————————

Artículo 4º: BASE DE LAS OFERTAS:

FIJASE la base para las ofertas en la suma de Pesos CUARENTA MIL ($40.000,00).————

Artículo 5º: APERTURA DE SOBRE CON OFERTAS: 

La apertura de sobres con ofertas será realizada en el Recinto del HCD, a la hora 13:00, cumplido el plazo señalado en el Artículo 3º de la presente Ordenanza.————————–

Artículo 6º: PUBLICACIÓN DEL OFRECIMIENTO PÚBLICO:

PUBLIQUESE el llamado a Ofrecimiento Público en el Boletín Oficial Municipal y en medios radiales de la localidad, por un término de Treinta (30) días detallándose el Lote, la ubicación, superficie, base para las ofertas, condiciones y formas de pago, fechas precisas de plazo de presentación de ofertas y apertura de sobres.——————————————-

Artículo 7º: COMISIÓN DE ADJUDICACIÓN:

INTÉGRASE la Comisión de Adjudicación del Ofrecimiento Público con los siguientes funcionarios: Secretario de Gobierno, Presidente del Honorable Concejo Deliberante; y representantes de los Bloques Partidarios del H.C.D.—————————————————

Artículo 8º: COMISIÓN DE ADJUDICACIÓN – PLAZOS PARA RESOLVER: 

La Comisión de Adjudicación posee un plazo de Cuarenta y ocho (48) horas hábiles posteriores al acto de apertura de los sobres con ofertas para constatar todos los supuestos que queden por esclarecer, a los fines de determinar el ganador del Ofrecimiento Público o, eventualmente, declararlo desierto o fracasado.————————

Artículo 9º: REQUISITOS A SER CUMPLIMENTADOS POR EL OFERENTE:

A los fines de participar en esta “Oferta Pública de Terreno de Propiedad Municipal  Nº 01/2015” el oferente debe cumplimentar los siguientes requisitos:

  1. Residencia en Gobernador Costa de tres (3) años como mínimo, ello a ser acreditado con la fotocopia certificada u original de factura de servicio.-
  2. El valor del lote adjudicado será abonado por el Oferente ganador al CONTADO, EFECTIVO Y EN UN SOLO PAGO en Tesorería Municipal de Gobernador Costa, en un plazo no mayor de 3 días, posteriores a su notificación, en caso de que no se perciba dicho pago, la adjudicación corresponderá al oferente inmediatamente posterior en la nómina que obre en el Acta.-
  3. Presentar Declaración Jurada, por ante el Juzgado de Paz, declarando expresamente: no poseer propiedad inmueble en esta localidad ni en ningún otro sitio de la Provincia del Chubut.-
  4. Presentar Declaración Jurada, por ante el Juzgado de Paz, declarando contar con los fondos dinerarios ofrecidos, en efectivo.- 
  5. En caso que el oferente no presente la totalidad de la documental exigida en la presente Ordenanza, o no cumplimente alguno de los requisitos detallados en los incisos contenidos en el presente artículo, quedará automáticamente excluido del concurso de ofertas.- 

Artículo 10º: PACTO DE RETROVENTA:

La operación de venta de la Parcela 9 de la Manzana Nº 52 del Sector 3 de Gobernador Costa, queda supeditada a un Pacto de Retroventa que operará en el caso que el/la Adquiriente ceda, venda o transfiera el inmueble adquirido, a favor de un tercero, dentro del plazo de cinco (5) años de concretada dicha transacción. Ante tal situación la Municipalidad de Gobernador Costa recuperará la propiedad del inmueble en cuestión mediante el pago de la suma que el/la Adquiriente ofertó en el marco del Ofrecimiento Público, no reconociéndose el valor de las eventuales mejoras que se encontrasen plantadas y sin indemnización alguna.———————————————————————-

Artículo 11º: PRESENTACIÓN DE OFERTAS:

Las ofertas deben ser presentadas por los oferentes en sobre cerrado, en los plazos que se establecen en el Art. 3º) de la presente Ordenanza, según la siguiente modalidad:

  1. En el sobre cerrado denominado “A” deberán figurar los nombres completos y apellido/s del Oferente perfectamente legibles al dorso con más la leyenda “Ofrecimiento Público por Terrenos Fiscales Nº 01/2015.MGC.”.-
  2. En el interior del Sobre “A” deberán obrar dos (2) sobres cerrados más, denominados Sobre “B” y Sobre “C” que contengan:
  1. Sobre B: la Oferta Monetaria por el lote expresada en números y letras, firma, aclaración y número de DNI del oferente.-
  2. Sobre C: la fotocopia de DNI del Oferente, debiendo constituir domicilio real en la localidad de Gobernador Costa y las Declaraciones Juradas señaladas en los Incisos c) y d) del Artículo 9º de la presente Ordenanza.- 

Artículo 12º: RESOLUCIÓN EN CASO DE EMPATE: 

En caso de EMPATE entre oferentes la Comisión de adjudicación llamará nuevamente a Ofrecimiento de Ofertas, en este caso exclusivamente entre los Oferentes que registraron paridad.————————————————————————————————————-

Artículo 13º: De Forma.—————————————————————————————-

Dada en la Sala del Honorable Concejo Deliberante Municipal en Sesión Ordinaria a los Veintinueve días del mes de Septiembre del año Dos mil quince, según consta en Acta Nº 976/2015.HCD.GC.——————————————————————————————-

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