Tema: Modificación Art. 1° de la Ordenanza Municipal N° 002/2020.MGC.-
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 002/2020.MGC., de las medidas restrictivas para la prevención de contagios del COVID-19 (Coronavirus) en el Sector Urbano de Gobernador Costa, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 1° de la Ordenanza N° 002/2020.MGC expresa que la prohibición de acceso a la localidad de personas que no acrediten su residencia habitual en Gobernador Costa, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados ante autoridades policiales, es hasta el 31 de Marzo de 2020.-
Que tal fecha surgió de lo dispuesto por DNU N° 297 del Poder Ejecutivo Nacional y su concordante provincial, plazo que ha quedado evidentemente desfasado en el tiempo, toda vez que la medida conocida como Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio ha venido siendo ampliada en su duración.-
Que la cuarentena, como se conoce también a dicha medida, ha mantenido su rigurosidad en todos los aspectos preventivos ante la Pandemia de COVID-19.-
Que en tal sentido, resulta necesario modificar el plazo especificado en el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 002/2020.MGC.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades legales que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA:
Artículo 1°: Modifícase el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 002/2020.MGC., el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1°: A partir del día 19 de Marzo de 2020 y hasta tanto estén en vigencia las medidas preventivas ante la Pandemia de COVID-19, PROHÍBESE el acceso a la localidad de personas que no acrediten su residencia habitual en Gobernador Costa, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados ante autoridades policiales”.-
Artículo 2º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 3º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Especial, a los Siete días del mes de Mayo del año Dos mil veinte, según consta en Acta N° 1087/20.HCD.GC.————————-
