Tema: Horario Comercial en Gobernador Costa durante la Pandemia por el COVID-19.-
VISTO:
Las medidas implementadas en el marco de la Pandemia por el COVID-19, y
CONSIDERANDO:
Que en el presente caso se ha evaluado la extensión del horario en que los comercios habilitados durante el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio puedan recibir clientes.-
Que se estima como factible implementar el horario desde las 08 horas para el inicio de actividades hasta las 21 horas para el cierre de los mencionados locales.-
Que tal solicitud la ha efectuado el Ejecutivo Municipal mediante Nota N° 056/2020 CM. GC., y es plenamente compartida por este Concejo Deliberante.-
Que es necesario la emisión de una Ordenanza a los fines de la correcta información e implementación del nuevo horario comercial en Gobernador Costa.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le otorga la Ley XVI N° 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: Establézcase el Horario Comercial desde las 08 horas hasta la 21 horas para la apertura y cierre, respectivamente, de los locales comerciales debidamente habilitados durante la Pandemia por el COVID-19 en la localidad de Gobernador Costa, Chubut.———-
Artículo 2°: En todos los casos, los locales comerciales habilitados durante la Pandemia por el COVID-19 en la localidad de Gobernador Costa, deben exhibir carteles, en lugares visibles, donde figure la capacidad máxima de personas que pueden ingresar a los mismos.———–
Artículo 3°: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 4°: Infórmese y cumplido ARCHÍVESE.———————————————————–
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Especial, a los Once días del mes de Junio del año Dos mil veinte, según consta en Acta N° 1091/20.HCD.GC.————————-
