Tema: Esquema de pago en cuotas de Viviendas ejecutadas por Obra Delegada Municipal con fondos del IPVyDU.-
VISTO:
Los planes de viviendas ejecutadas por el Sistema Obra Delegada Municipal con fondos del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (IPVyDU) en Gobernador Costa, entre los años 2003 y 2015, y
CONSIDERANDO:
Que existen al menos cuatro planes de “viviendas por obra delegada”, denominación con la cual se las conoce coloquialmente, debidamente terminadas y adjudicadas.-
Que del análisis efectuado en tal sentido, surge como necesario implementar un esquema de pago en cuotas por el valor de cada una de estas viviendas de todos los planes existentes en nuestra localidad bajo la mencionada operatoria.-
Que de esa manera se está asegurando a los beneficiarios de dichas viviendas que en el futuro, una vez cancelado el valor de su respectiva unidad, puedan acceder al título de propiedad de las mismas.-
Que a esos fines se han estudiado cada uno de los convenios ejecutivos de obra y sus ampliatorios, los cuales han sido ratificados oportunamente por Ordenanza Municipal.-
Que se ha tenido a la vista la Resolución Municipal Nº 008/2015.SMGC., donde se establece un sistema de pago para los adjudicatarios del plan de 10 viviendas ejecutadas por Obra Delegada Municipal del Convenio Ratificado por la Ordenanza Municipal Nº 013/2010.MGC.,-
Que habida cuenta de la notificación de la Resolución Municipal Nº 008/2015.SMGC., a cada uno de los 10 beneficiarios de dicho plan específicamente, se estima como pertinente dejar en vigencia la resolución donde se establecen, además de los beneficiarios, el valor y cantidad de cuotas a ser abonadas.-
Que no obstante ello, resulta oportuno ratificar mediante ordenanza la Resolución Municipal Nº 008/2015.SMGC., a los efectos de consolidar el accionar.-
Que los fondos que se recauden por el cobro de las cuotas de los planes de viviendas por obra delegada, serán destinados exclusivamente a la finalidad mejoramiento de viviendas que acrediten tal necesidad.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, emite la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: INÍCIASE el cobro en cuotas en concepto del valor de las viviendas ejecutadas por Obra Delegada Municipal, previamente adjudicadas a favor de los ciudadanos que se mencionan en los artículos subsiguientes.—————————————————————–
Artículo 2º: Sr. MILLALIPE, Jorge Omar DNI. Nº 28.915.703, por la vivienda construida en Lote 11 de la Manzana Nº 29, Sector 2 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Cuatrocientos ($400,00) con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.————————————————————————
Artículo 3º: Sra. ARRIAGADA, Nilda Susana DNI. Nº 10.195.212, por la vivienda construida en Lote 1 de la Manzana Nº 10 del Sector 4 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Cuatrocientos ($400,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 4º: Sra. SAUCEDO, Elsa Cristina DNI. Nº 27.182.855, por la vivienda construida en el lote 10 de la Manzana Nº 29 del Sector 2 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Cuatrocientos ($400,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 5º: Sr. CURAMIL, Adelino DNI. Nº 11.795.774, por la vivienda construida en el lote 9 de la Manzana Nº 21 del Sector 4 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Cuatrocientos ($400,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 6º: Sr. TAMAYO, Pedro Luis DNI. Nº 24.845.876, por la vivienda construida en el lote 15 del Macizo Nº 18 del Sector 4 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Cuatrocientos ($400,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 7º: Sr. GÓMEZ, Carlos Marcelo DNI. Nº 17.714.978, por la vivienda construida en Lote 7 de la Manzana Nº 29 del Sector 2 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento cincuenta (150) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Ochocientos ($800,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 8º: Sr. SÁNCHEZ, Horacio DNI. Nº 22.855.964, por la vivienda construida en el lote 23 de la Manzana Nº 34 del Sector 2 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento cincuenta (150) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Ochocientos ($800,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 9º: Sra. DUALDE, Janina Valeria DNI. Nº 29.037.405, por la vivienda construida en el lote 22 de la Manzana Nº 34 del Sector 2, le corresponde abonar la cantidad de Ciento cincuenta (150) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Ochocientos ($800,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.————————————————————————————
Artículo 10º: Sra. RAMOS, Ema Gladis DNI. Nº 22.207.695, por la vivienda construida en el lote 8 de la Manzana Nº 29 del Sector 2 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento cincuenta (150) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Ochocientos ($800,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 11º: MORALES, Julio César DNI. Nº 25.137.852 por la vivienda construida en el Lote 9 de la Manzana Nº 29 del Sector 2 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento cincuenta (150) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Ochocientos ($800,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 12º: Sr. PARRA, Miguel DNI. Nº 27.343.917 por la vivienda construida en lote 12 de la Manzana Nº 16 del Sector 4 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Quinientos ($500,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.————————————————————————
Artículo 13º: Sra. ROMAY, Margarita Ester DNI. Nº 21.661.571, por la vivienda construida en el lote 12 de la Manzana Nº 52 del Sector 3 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Quinientos ($500,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 14º: Sr. ORONEL, Eduardo Ramón DNI. Nº 13.906.729, por la vivienda construida en el lote 11 de la Manzana Nº 49 del Sector 3 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Quinientos ($500,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.- ————————————————–
Artículo 15º: Sra. GUENTIAN, Mónica DNI. Nº 30.305.953, por la vivienda construida en el lote 18 de la Manzana Nº 34 del Sector 3 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Quinientos ($500,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 16º: Sr. SANDOVAL, Iriel Abel DNI. Nº 21.623.704 por la vivienda construida en el lote 10 de la Manzana Nº 49 del Sector 3 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Quinientos ($500,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 17º: Sr. CORFIELD, Carlos Agustín DNI. Nº 27.967.163, por la vivienda construida en el lote 18 de la Manzana Nº 29 del Sector 3 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento cincuenta (150) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Un mil ($1000,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 18º: Sra. HUECHUMIL, Magali Lorena DNI. N º 30.305.991 – Sr. SAIHUEQUE, Ismael DNI. Nº 22.388.320 por la vivienda construida en el lote 17 de la Manzana Nº 29 Del Sector 3 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento cincuenta (150) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Un mil ($1000,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.———————————————————————————————————–
Artículo 19º: Sr. JARAMILLO, Mirta Mabel DNI. Nº 18.254.014, por la vivienda construida en el lote 14 de la Manzana Nº 34 del Sector 3 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento cincuenta (150) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Un mil ($1000,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 20º: Sra. MARQUEZ, Gladis DNI. Nº 20.236.409 por la vivienda construida en el lote 17 de la Manzana Nº 34 del Sector 3 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento cincuenta (150) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Un mil ($1000,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 21º: Sra. JARAMILLO, Silvia DNI. Nº 17.095.660, por la vivienda construida en el lote 25 de la Manzana Nº 2 del Sector 4 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento cincuenta (150) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Un mil ($1000,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 22º: Sra. MAÑAO, Paula Noemí DNI. Nº 27.598.509 por la vivienda construida en Parcela 13 de la Manzana Nº 9, Sector 2 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Setecientos ($700,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 23º: Sr. BARRIGA, Mauricio Edgardo DNI. Nº 28.974.393 por la vivienda construida en Parcela 14 de la Manzana Nº 9, Sector 2 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Setecientos ($700,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.———————————————-
Artículo 24º: Sr. TRAFIÑANCO, Daniel Héctor DNI. Nº 25.137.887 por la vivienda construida en Parcela 15 de la Manzana Nº 9, Sector 2 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Setecientos ($700,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.———————————————-
Artículo 25º: Sr. SAIHUEQUE, Mariano DNI. Nº 21.992.951 por la vivienda construida en Parcela 12 de la Manzana Nº 11 del Sector 4 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Trescientas (300) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Setecientos ($700,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 26º: Sra. BROCA, Fabiana Verónica DNI. Nº 23.667.742 por la vivienda construida en Parcela 12 de la Manzana Nº 9 Sector 2 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento Setenta (170) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Un mil doscientos ($1200,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 27º: Sr. DELGADO, Nazarena Noemí DNI. Nº 25.777.222 por la vivienda construida en Parcela 20 del Macizo 13 del Sector 4 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento Setenta (170) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Un mil doscientos ($1200,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 28º: Sr. LLANCAMÁN, Ricardo Gabriel DNI Nº 28.915.709 por la vivienda construida en Parcela 33 de la Manzana Nº 45 Sector 3 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento Setenta (170) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Un mil doscientos ($1200,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.———————————
Artículo 29º: Sr. NAHUEL, Rolando Hernán DNI. Nº 25.633.034 por la vivienda construida en Parcela 12 de la Manzana Nº 34 del Sector 3 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento Setenta (170) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Un mil doscientos ($1200,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 30º: Sra. MUÑOZ, Viviana Mariel DNI. Nº 17.421.825 por la vivienda construida en Parcela 13 de la Manzana Nº 34 del Sector 3 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento Setenta (170) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Un mil doscientos ($1200,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 31º: RUIZ, Sandra Verónica DNI. Nº 27.343.929 por la vivienda construida en Parcela 25 de la Manzana Nº 34 del Sector 3 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento Setenta (170) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Un mil doscientos ($1200,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior.—————————————————-
Artículo 32º: En el caso de los Adjudicatarios cuyo compromiso de pago se establece en Trescientas (300) cuotas mensuales, pueden optar por un compromiso de pago en ciento cincuenta (150) cuotas, en cuyo caso el valor mensual de cada una de estas se duplicará respecto del valor inicial.—————————————————————————————
Artículo 33º: Los Adjudicatarios señalados en la presente Ordenanza deberán suscribir los respectivos Convenios de aceptación de las cuotas y sus respectivos valores o la opción detallada en el Artículo 32º, de manera personal en la Municipalidad de Gobernador Costa, en un plazo de treinta días (30) de notificados.————————————————-
Artículo 34º: Fíjase como periodo de pago de las cuotas que le corresponden a cada Adjudicatario del día 1º al día 10 de cada mes.———————————————————–
Artículo 35º: Ratifícase en todos sus términos la Resolución Municipal Nº 008/2015.SMGC. emitida por el Ejecutivo Municipal en fecha 28 de enero de 2015.———-
Artículo 36º: Los fondos dinerarios que se recauden en concepto de cobro de las cuotas a las que hace alusión la presente Ordenanza, serán ejecutados en la Partida Principal 11 Trabajos Públicos – Parcial 06 “Refacción y Ampliación de Viviendas” del presupuesto vigente.————————————————————————————————————-
Artículo 37º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.—————————————————-
Artículo 38º: De Forma.—————————————————————————————-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Catorce días del mes de Junio del año Dos mil dieciséis, según consta en Acta Nº 991/2016.HCD.GC.———-
