Año: Ordenanza N°: Fecha:

Ordenanza: Derogación Ordenanza Municipal Nº 066/2013.MGC.

Tema: Derogación Ordenanza Municipal Nº 066/2013.MGC.-

VISTO: 

La Ordenanza Municipal Nº 066/2013.MGC. aprobada por el Concejo Deliberante Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 10 de diciembre de 2013, promulgada por el Ejecutivo Municipal en fecha 17 de diciembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el objeto de la Ordenanza Municipal Nº 066/2013.MGC., era el otorgamiento del Permiso Precario de Ocupación del terreno fiscal municipal identificado como Lote 4 de la Manzana Nº 2, (ex lote b-6 de la Manzana Nº 129) Sector 4 del Barrio Malvinas con frente a la calle Los Suecos, entre calle A. Browson hacia el Este y calle P. Borau hacia el Oeste, a favor de la Srta. ALVARIÑO, Mahela Macarena DNI. Nº 36.820.028.-

Que el destino del citado permiso consistía en la ejecución del Proyecto “Construcción de Radio FM”.-

Que la Ordenanza Municipal Nº 066/2013.MGC. fue notificada a la Srta. Alvariño en fecha 24 de enero de 2014 Mediante Nota Nº 005/2014.IMGC.-

Que en la parte resolutiva de la Ordenanza Municipal Nº 006/2013.MGC., se establecen claramente los plazos y obligaciones a los que quedaba sujeta la Srta. Alvariño al momento de ser notificada.-

Que transcurridos más de dos (2) años desde la notificación de la Ordenanza Nº 066/2013.MGC; se encuentran acreditados los incumplimientos por parte de la Srta. Alvariño de los siguientes plazos: sesenta (60) días para la presentación del Proyecto a ejecutar (según el Artículo 4º), noventa (90) días para iniciar las obras (según el Artículo 5º).-

Que hasta el momento de realizarse la presente actuación, la Srta. Alvariño no ha notificado a esta Municipalidad ni al Concejo Deliberante sobre los motivos fundados por los cuales incumplió los plazos establecidos en la Ordenanza Nº 066/2013.MGC.-

Que en rigor de lo establecido en el Artículo 9º) Inciso c) de la Ordenanza Nº 066/2013.MGC., el Permiso Precario de Ocupación autorizado por dicha ordenanza se encuentra plenamente caducado.-   

Que la inspección realizada por Personal Municipal en el terreno fiscal Lote 4 de la Manzana Nº 2, (ex lote b-6 de la Manzana Nº 129) Sector 4 del Barrio Malvinas, acredita que el mismo se encuentra libre de mejoras.-

Que en este caso, por tratarse de tierra fiscal municipal, corresponde exclusivamente al Concejo Deliberante resolver sobre la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 066/2013.MGC. y por ende el Permiso Precario de Ocupación allí autorizado.-

Que la actuación efectuada por parte del Ejecutivo Municipal encuentra su basamento legal en los Artículos 74 y 75 Inc. 2, de la Ley XVI Nº 46.-

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE MUNICIPAL DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le otorga la Ley XVI – Nº 46, sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: DERÓGASE en su totalidad la Ordenanza Municipal Nº 066/2013.MGC. aprobada por el Concejo Deliberante Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 10 de diciembre de 2013, promulgada por el Ejecutivo Municipal en fecha 17 de diciembre de 2013.—————————————————————————————————————-

Artículo 2º: DECLÁRESE al terreno fiscal municipal identificado como Lote 4 de la Manzana Nº 2, (ex lote b-6 de la Manzana Nº 129) Sector 4 del Barrio Malvinas de Gobernador Costa, como libre de mejoras.——————————————————————————–

Artículo 3: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————–

Artículo 4º: De Forma.—————————————————————————————-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Veintiocho días del mes de Junio del año Dos mil dieciséis, según consta en Acta Nº 992/16.HCD.GC.————- 

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