Tema: Derogación de la Ordenanza Municipal Nº 083/2014.MGC. s/recuperación Parcela 35, Chacra 4.-
VISTOS:
La Ordenanza Municipal N° 083/2014.MGC., y la Nota de fecha 20 de Octubre de 2015 presentada por la Sra. CAYUPUL, Flavia Lorena DNI. N° 33.774.117, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ordenanza Municipal N° 083/2014.MGC, se otorgó el Permiso Precario de Ocupación de la Parcela 35 de la Redistribución de los Lotes 36e y 36d de la Chacra 4 de Gobernador Costa a favor de la Sra. CAYUPUL, Flavia Lorena a los fines exclusivos de edificación de su vivienda familiar.-
Que a través de la nota de vistos, la Sra. CAYUPUL, Flavia Lorena efectúa su renuncia al citado Permiso Precario de Ocupación de la Parcela 35, sin explicitar otro motivo más que informar su renuncia al terreno adjudicado a su favor.-
Que dicho terreno, el cual mantiene la condición de Fiscal Municipal, se encuentra libre de mejoras.-
Que la administración de la Tierra Fiscal es facultad exclusiva de este Concejo Deliberante tal lo tiene establecido la Constitución Provincial, la Ley XVI N° 46 y la reglamentación local a través de la Ordenanza Municipal N° 11/85 “Bis”.-.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI N° 46, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1°: DERÓGUESE de manera completa la Ordenanza Municipal N° 083/2014.MGC., que fuera promulgada en fecha 30 de diciembre de 2014.——————————————–
Artículo 2°: DECLÁRESE la Parcela 35 de la Redistribución de los Lotes 36e y 36d de la Chacra 4, Barrio Malvinas de Gobernador Costa, como libre de mejoras y apta para su futuro otorgamiento.——————————————————————————————–
Artículo 3°: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 4°: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria a los Diez días del mes de Noviembre del año Dos mil quince, según consta en Acta N° 979/15HCD.GC.——————-
