Tema: Creación Tasa por el Servicio de Cloacas.-
VISTO:
El Convenio de Servicios Cloacales suscripto entre la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Gobernador Costa con fecha 23 de Julio de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mencionado convenio, la Provincia delegó en la Municipalidad la prestación y explotación del servicio de recolección, tratamiento y rehúso de los efluentes cloacales.-
Que en dicho marco la Municipalidad de Gobernador Costa debe afrontar los gastos que demanden el mencionado servicio, más el mantenimiento de instalaciones y equipos, así como también la expansión del mismo.-
Que se hace necesario entonces crear la Tasa por el Servicio de Cloacas, la que será utilizada para la eficiente cobertura de los servicios que debe brindar la Municipalidad.-
Que razones de eficiencia en el cobro hacen necesario autorizar a la Cooperativa Tehuelches Ltda., a constituirse como ente recaudador de la Tasa fijada, debiéndose acordar las condiciones de rendición de la misma.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DE CHUBUT, en ejercicio de las facultades legales que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º: CRÉASE la Tasa por el Servicio de Cloacas, la que deberán abonar todos los usuarios conectados a la Red Cloacal y que se abonará juntamente con el pago por la utilización de Energía Eléctrica.——————————————————————————-
Artículo 2º: A los fines del pago de la Tasa por el Servicio de Cloacas, establézcase la siguiente escala y valores:
- Usuarios cuyos inmuebles correspondan a vivienda familiar, se fija la suma de Pesos Cincuenta ($50,00) de manera mensual.-
- Usuarios cuyos inmuebles correspondan a locales comerciales de rubros minoristas y de hospedajes exclusivamente del rubro cabañas, habilitados por la Municipalidad de Gobernador Costa, se fija la suma de Pesos Cien ($100,00) de manera mensual.-
- Locales comerciales debidamente habilitados en cuyas instalaciones se registre una permanente afluencia de público, lo cual demanda una alta utilización de sanitarios como por ejemplo: Hoteles, Restaurantes, Bares, Estaciones de Servicio, Locales Bailables y cualquier otro que posea sanitarios/baños denominados “públicos”, se fija la suma de Pesos Ciento Cincuenta ($150,00) de manera mensual.-
Artículo 3º: Autorízase a la Cooperativa Tehuelches Ltda., a constituirse como ente recaudador de la Tasa por el Servicio de Cloacas.——————————————————-
Artículo 4º: De manera mensual, la Cooperativa Tehuelches Ltda., deberá efectuar la rendición de lo recaudado e informando a la Municipalidad, con detalle los usuarios que hayan abonado la Tasa por el Servicio de Cloacas.——————————————————
Artículo 5º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————
Artículo 6º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Veintinueve días del mes de Diciembre del año Dos mil quince, según consta en Acta Nº 983/15.HCD.GC.——————-
