Año: 2015 Ordenanza N°: Fecha: 2015-12-29

Ordenanza: Creación Tasa por el Servicio de Cloacas.

Tema: Creación Tasa por el Servicio de Cloacas.-

VISTO:

El Convenio de Servicios Cloacales suscripto entre la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Gobernador Costa con fecha 23 de Julio de 2013, y 

CONSIDERANDO:

Que mediante el mencionado convenio, la Provincia delegó en la Municipalidad la prestación y explotación del servicio de recolección, tratamiento y rehúso de los efluentes cloacales.-

Que en dicho marco la Municipalidad de Gobernador Costa debe afrontar los gastos que demanden el mencionado servicio, más el mantenimiento de instalaciones y equipos, así como también la expansión del mismo.-

Que se hace necesario entonces crear la Tasa por el Servicio de Cloacas, la que será utilizada para la eficiente cobertura de los servicios que debe brindar la Municipalidad.-

Que razones de eficiencia en el cobro hacen necesario autorizar a la Cooperativa Tehuelches Ltda., a constituirse como ente recaudador de la Tasa fijada, debiéndose acordar las condiciones de rendición de la misma.-  

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DE CHUBUT, en ejercicio de las facultades legales que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º: CRÉASE la Tasa por el Servicio de Cloacas, la que deberán abonar todos los usuarios conectados a la Red Cloacal y que se abonará juntamente con el pago por la utilización de Energía Eléctrica.——————————————————————————-

Artículo 2º: A los fines del pago de la Tasa por el Servicio de Cloacas, establézcase la siguiente escala y valores:

  1. Usuarios cuyos inmuebles correspondan a vivienda familiar, se fija la suma de Pesos Cincuenta ($50,00) de manera mensual.-
  2. Usuarios cuyos inmuebles correspondan a locales comerciales de rubros minoristas y de hospedajes exclusivamente del rubro cabañas, habilitados por la Municipalidad de Gobernador Costa, se fija la suma de Pesos Cien ($100,00) de manera mensual.-
  3. Locales comerciales debidamente habilitados en cuyas instalaciones se registre una permanente afluencia de público, lo cual demanda una alta utilización de sanitarios como por ejemplo: Hoteles, Restaurantes, Bares, Estaciones de Servicio, Locales Bailables y cualquier otro que posea sanitarios/baños denominados “públicos”, se fija la suma de Pesos Ciento Cincuenta ($150,00) de manera mensual.-   

Artículo 3º: Autorízase a la Cooperativa Tehuelches Ltda., a constituirse como ente recaudador de la Tasa por el Servicio de Cloacas.——————————————————- 

Artículo 4º: De manera mensual, la Cooperativa Tehuelches Ltda., deberá efectuar la rendición de lo recaudado e informando a la Municipalidad, con detalle los usuarios que hayan abonado la Tasa por el Servicio de Cloacas.——————————————————

Artículo 5º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————

Artículo 6º: De Forma.——————————————————————————————

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Veintinueve días del mes de Diciembre del año Dos mil quince, según consta en Acta Nº 983/15.HCD.GC.——————-

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