TEMA: Creación de la Tasa para el Estudio de Informes de Impacto Ambiental en la Ordenanza Nº 018/92
VISTO:
La Ordenanza Municipal promulgada con el Número: 040/2012.MGC.,
Y CONSIDERANDO:
QUE en ocasión de tratarse el Despacho Nº 036/2012.C.A., favorable y Unánime para la aprobación de la citada Ordenanza para la reglamentación de los Estudios de Impacto Ambiental en la localidad de Gobernador Costa, se observó como necesario la creación de una Tasa a los fines percibir la cifra monetaria que permita la contratación de una consultora que tendrá a su cargo expedirse en relación a los estudios de impacto ambiental que eventualmente presenten las empresas interesadas en radicarse en la localidad y que se encuentran comprendidas en la Ordenanza del Visto.-
Que de tal manera los gastos que impliquen la evaluación de los impactos ambientales se autofinanciarán con lo que se perciba en concepto de la tasa que se propone crear, en los términos que establece el Artículo 10 de la Ordenanza Nº 040/2012.MGC., para la reglamentación de los Estudios de Impacto Ambiental en nuestra localidad.-
Que consecuentemente es necesario fijar el valor en cantidad de módulos de la Tasa a ser creada, específicamente, en el Artículo 13 de la Ordenanza Nº 018/92 – 1, como Inciso b.b).-
Que la presente legislación se encuadra en los Artículos 35 de la Ley XVI Nº 46 y Artículo 137º del Reglamento Interno de este HCD.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GOBERNADOR COSTA, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY XVI Nº 46, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: CRÉASE la “TASA PARA EL ESTUDIO DE INFORMES DE IMPACTO AMBIENTAL” con la cantidad Quinientos cinco (505) Módulos, en el Artículo 13 y como Inciso b.b) de la Ordenanza Municipal Nº 018/92 – 1.————————————————–
Artículo 2º: La “TASA PARA EL ESTUDIO DE INFORMES DE IMPACTO AMBIENTAL” será aplicada a las empresas interesadas en instalarse en el ejido de Gobernador Costa en oportunidad de la presentación de su respectivo informe de Impacto ambiental exigido por la Ordenanza Municipal Nº 040/2012.MGC.———————————————————-
Artículo 3º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria a los Trece días del mes de Noviembre del año Dos mil doce, según consta en Acta Nº 910/2012.HCD.GC.———–
