Año: 2012 Ordenanza N°: Fecha: 2012-04-26

Ordenanza: Autorización de Gestiones para la Escrituración del Lote 2 de la Manzana 4 a Favor del Municipio.

TEMA: Autorización de Gestiones para la Escrituración del Lote 2 de la Manzana 4 a Favor del Municipio

VISTO: El terreno con denominación catastral: Lote 2 de la Manzana Nº 4, actual Parcela 3 de la Manzana Nº 22 cuasi Parcela 6, Circunscripción 1, de Gobernador Costa

CONSIDERANDO:

Que dicho inmueble, originalmente propiedad del Sr. GIMÉNEZ, Francisco Javier L.E. Nº 7.812.577,  fue cedido y transferido por su dueño a favor de la Municipalidad de Gobernador Costa mediante Contrato Privado de Cesión de Derechos de fecha 07 de abril de 2005.-

Que según la Ordenanza Nº 018/2005, la Municipalidad local adquiere y acepta todos los derechos y acciones que tiene y le corresponden sobre el terreno e inmueble anteriormente señalado.-

Que dicha transacción se realizó en concepto de la condonación de todo compromiso impositivo que mantuviera hasta ese momento el Sr. Giménez.-

Que posteriormente la Municipalidad suscribió un Contrato tendiente a la construcción de un Centro de Atención Alternativa y Complementaria  CESAC – CENTRO DE SERVICIOS ALTERNATIVOS COMPLEJOS, el cual fue ratificado en todos sus términos por la Ordenanza Nº 003/2006.MGC.-

Que esta escuela CESAC, única en la región, fue construida a través del sistema Obra Delegada Municipal en el terreno del visto.-

Que de igual manera, la Municipalidad en el año 2008 suscribió contrato con la Provincia para la ejecución de viviendas de servicio con destino a personal docente que cuente con traslado a nuestra localidad, contemplando una unidad habitacional para personal afectado al CESAC, obra que se encuentra por estos momentos en su estado inicial de construcción.-

Que en este contexto resulta necesario concluir los trámites dominiales pertinentes sobre el terreno del visto, tal como corresponde en este caso, transfiriendo el inmueble a favor del Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut.-     

Que tal actuación está contemplada en el Art. 54 de la Ley XVI – Nº 46.-

POR ELLO:             

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GOBERNADOR COSTA, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY XVI Nº 46 SANCIONA CON FUERZA DE: 

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: Autorízase la realización de las gestiones pertinentes, ante Escribanía Pública, a los fines de escriturar el terreno denominado como: Lote 2 de la Manzana Nº 4, actual Parcela 3 de la Manzana Nº 22 cuasi Parcela 6, Circunscripción 1, a favor de la Municipalidad de Gobernador Costa.————————————————————————

Artículo 2º: Cumplimentado que sea el trámite señalado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza, transfiérase a título gratuito el terreno denominado como Lote 2 de la Manzana Nº 4, actual Parcela 3 de la Manzana Nº 22 cuasi Parcela 6, Circunscripción 1 de Gobernador Costa, a favor del Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut.—

Artículo 3º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal a sus efectos.———————————— 

Artículo 4º: De forma.——————————————————————————————- 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Especial a los Veintiséis días del mes de abril de Dos mil doce, según consta en Acta Nº 895/12.HCD.—-

Scroll al inicio