Año: 2014 Ordenanza N°: Fecha: 2014-07-01

Ordenanza: Autorización al Sr. SEPÚLVEDA, Miguel Ángel DNI. Nº 33.060.612 a ocupar, bajo la modalidad de COMODATO por tres (3) años, la Parcela 11 de la Fracción 10 del Lote Pastoril 53, según el Plano Nº 28671, propiedad de la Municipalidad de Gobernador Costa, a los fines exclusivos de la ejecución del “Proyecto Avícola.

Tema: Autorización al Sr. SEPÚLVEDA, Miguel Ángel DNI. Nº 33.060.612 a ocupar, bajo la modalidad de COMODATO por tres (3) años, la Parcela 11 de la Fracción 10 del Lote Pastoril 53, según el Plano Nº 28671, propiedad de la Municipalidad de Gobernador Costa, a los fines exclusivos de la ejecución del “Proyecto Avícola

VISTO:

El Proyecto de Micro-emprendimiento denominado “Proyecto Avícola, Gobernador Costa”,  presentado por el Sr. SEPÚLVEDA, Miguel Ángel DNI. Nº 33.060.612, Y

CONSIDERANDO:

Que además de haber tenido a la vista la carpeta con el proyecto, se han mantenido reuniones con el presentante y el pleno de la Comisión de Tierras Municipales donde se pudo indagar aspectos más minuciosos de proyecto, el cual contempla asimismo la construcción de invernáculos para el cultivo de diferentes especies frutales.-

Que de igual manera, en dichas reuniones con el interesado se ha dejado en claro los requisitos que este Concejo Deliberante le exigirá en el caso que se permita la ocupación de la tierra municipal que resulte apta para el proyecto.-

Que en este aspecto, en el Lote Pastoril 53, propiedad de la Municipalidad de Gobernador Costa en la margen Sur-Este de la localidad, existe disponibilidad de terrenos, donde puede ser ubicado el emprendimiento del Sr. Sepúlveda, posibilidad que fuera aceptada por el vecino, como así mismo aceptó la modalidad de ocupación de una fracción de esa tierra, que será en calidad de comodato, por 3 años, sin opción a compra.-

Que por tratarse de un comodato, corresponde al Ejecutivo Municipal y el Sr. Sepúlveda firmar el correspondiente contrato, con cláusulas que sigan los lineamientos ya acordados con el solicitante y que se expresan en la presente Ordenanza.-

Que en relación al proyecto productivo este Concejo Deliberante lo encuentra como plausible de ser realizado, de acuerdo con las previsiones del solicitante, además de que en la actualidad no se cuenta con este tipo de emprendimiento en marcha en nuestra localidad.- 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GOBERNADOR COSTA, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY XVI Nº 46, SANCIONA CON FUERZA DE:

O  R  D  E  N  A  N  Z  A

Artículo 1º: Autorízase al Sr. SEPÚLVEDA, Miguel Ángel DNI. Nº 33.060.612 a ocupar, bajo la modalidad de COMODATO por tres (3) años, la Parcela 11 de la Fracción 10 del Lote Pastoril 53, según el Plano Nº 28671, propiedad de la Municipalidad de Gobernador Costa, a los fines exclusivos de la ejecución del “Proyecto Avícola, Gobernador Costa”.—————

Artículo 2º: En el Contrato de Comodato que firmará el Ejecutivo Municipal con el Sr. SEPÚLVEDA, Miguel Ángel DNI. Nº 33.060.612, deben considerarse como cláusulas generales y obligaciones los siguientes aspectos:

  1. El Comodato por la Parcela 11 del Lote Pastoril Nº 53 que ocupará el comodatario para ejecutar su emprendimiento, en ningún caso posibilitará la opción a venta.—-
  2. En el supuesto que el comodatario implante mejoras de material de construcción de mampostería y hierro, las mismas quedarán en posesión de la Municipalidad de Gobernador Costa en el eventual caso de revocarse el Comodato por razones fundadas.————————————————————————————————-
  3. El comodatario en ningún caso podrá modificar el fin o el rubro del emprendimiento “Proyecto Avícola, Gobernador Costa”; la inobservancia de este requisito importa la automática revocación del Contrato de Comodato.—————-
  4. El comodatario por ninguna circunstancia podrá instalar vivienda/s en el predio municipal que ocupa; la inobservancia de este requisito importa la automática revocación del Contrato de Comodato.———————————————————–  
  5. La Autoridad de Contralor del cumplimiento de los requisitos del Contrato de Comodato será el Departamento de Producción Municipal, que elaborará informes semestrales sobre las inspecciones que realice.————————————————
  6. Concluido el plazo del Contrato de Comodato actual, y de acuerdo a los informes del Departamento de Producción Municipal, el comodatario podrá solicitar la renovación del Comodato por una cantidad de tres (3) años más.———————— 

Artículo 3º: El Contrato de Comodato señalado en el Artículo 1º del presente, forma parte integral de la presente Ordenanza como Anexo I.——————————————————-

Artículo 4º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————- 

Artículo 5º: De Forma.—————————————————————————————

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria a los Un días del mes de Julio del año Dos mil catorce, según consta en Acta Nº 949/14.HCD.GC.————————————————-

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