Tema: Apertura de Talleres Culturales Municipales.-
VISTOS:
Las Notas de fecha 18 de Marzo de 2021 remitidas desde la Dirección de Cultura Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que precisamente están solicitando el inicio del dictado del Profesorado de Danzas Folclóricas Argentinas del Instituto de Arte Folclórico Fracassi a cargo del profesor Gabriel Monzo, quien viene desarrollando dicha actividad desde hace cuatro años, con la excepción del pasado 2020.-
Que a esos fines se utilizarán los protocolos sanitarios que se fijaron en la Ordenanza Municipal Nº /2020, extensivo a los demás talleres que se disponga habilitar en la presente.-
Que el re inicio de los talleres culturales, de notable participación por parte de personas de variadas edades, vendrá a cubrir la gama de actividades disponibles para la población luego de un largo año de confinamiento y restricciones varias, sin que ello suponga un relajamiento en las medidas de prevención del SARS-CoV-2 (COVID-19).-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: AUTORÍZASE la apertura de los siguientes talleres dependientes de la Dirección de Cultura Municipal:
a) Taller de Danzas.-
b) Taller de Cerámica.-
c) Taller de Dibujo y Pintura.-
d) Taller de Guitarra.-
e) Profesorado de Danzas Folclóricas.-
Artículo 2º: ESPACIOS AUTORIZADOS:
Autorízase los siguientes espacios a los fines del dictado de las actividades señaladas en el Artículo 1º de la presente Ordenanza: Taller de Cerámica, Salón Comunitario Rodolfo Ruiz, Salón del CIC, Aula Culturales, Auditórium Municipal y Centro de Formación, la distribución de actividades y su lugar de dictado será determinado por la Dirección de Cultura Municipal.———————————-
Artículo 3°: Previo, durante y a posterioridad del dictado de los Talleres descriptos en el Artículo 1º de la presente Ordenanza deberá utilizarse el protocolo de prevención de contagio de SARS-CoV-2 (COVID-19) que se aprobara mediante la Ordenanza Municipal Nº 043/2020.MGC.————-
Artículo 4º: De Forma.—————————————————————————————————–
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Especial a los Veinticinco días del mes de Marzo del año Dos mil veintiuno, según consta en Acta Nº 1115/21.HCD.GC.——————————
