VISTO:
La solicitud presentada por la Sra. JULIÁN, Romina DNI. Nº 35.383.755 mediante Nota de fecha 12 de Marzo de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que la Sra. Julián solicita la adjudicación en venta de la Parcela 30 de la redistribución del lote 26d, Sector 4 del Barrio Malvinas.-
Que el Permiso Precario de Ocupación de dicho terreno fiscal fue otorgado mediante Ordenanza Municipal Nº 045/2015.MGC, a los fines de la construcción de una vivienda familiar.-
Que la Sra. Juilán ha cumplimentado con los fines propuestos y los plazos detallados en la citada ordenanza, por cuanto no surgen impedimentos a los fines de dar favorable curso a la solicitud.-
Que la administración de la Tierra Fiscal Municipal es exclusiva facultad del Concejo Deliberante Municipal según lo tiene previsto la Constitución Provincial en su Artículo 233, Incisos 1 y 10, la Ley XVI – Nº 46 y la Ordenanza Municipal Nº 061/2017.MGC, por cuanto corresponde establecer el valor de la tierra fiscal a ser adjudicada en venta,.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Adjudíquese en venta el terreno denominado como Parcela 30 de la redistribución del lote 36d, Sector 4 del Barrio Malvinas, Circunscripción 1, de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, a favor de la Sra. JULIÁN, Romina DNI. Nº 35.383.755.——————————————————————————————————–
Artículo 2º: Fíjase el valor del Terreno Parcela 30 de la redistribución del lote 36d, Sector 4 del Barrio Malvinas Circunscripción 1 de Gobernador Costa, en la suma de Pesos Novecientos Ochenta y dos mil ($982.000,00) pagaderos por la Adjudicataria ante Tesorería Municipal en un solo pago contado y efectivo o mediante plan de pago de hasta Seis cuotas fijas consecutivas de Pesos Doscientos mil ($200.000,00). En el supuesto que el plan de pago en cuotas supere el ejercicio 2024, se aplicará un incremento equivalente al porcentaje de inflación mensual correspondiente al mes anterior en que se cancele la cuota.—————————————————————————————————————
Artículo 3º: En el supuesto que la adjudicataria proceda a vender el terreno identificado como Parcela 30 de la redistribución del Lote 36d del Sector 4, Barrio Malvinas de Gobernador Costa, la Municipalidad local no otorgará el Certificado de Libre de Deuda por el lapso de 10 años contados desde la cancelación del valor total del inmueble.—————
Artículo 4º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 5º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Diecinueve días del mes de Junio del año Dos mil veinticuatro, según consta en Acta Nº 1187/24.HCD.GC.——-
