VISTOS:
La Ordenanza Nº 006/2016.MGC., y la nota de fecha 22 de mayo de 2018 presentada por el Sr. MARTÍNEZ, Leopoldo DNI. 7.888.581, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ordenanza Nº 006/2016.MGC., el Sr. Martínez resultó adjudicatario del permiso precario de ocupación de la Parcela 24 del Macizo Nº 13 del Sector 4, Barrio Malvinas con destino a la construcción de su vivienda unipersonal.-
Que el Sr. Martínez ha cumplido debidamente con los plazos que le exigía la Ordenanza del Visto, tanto es así que ya se encuentra habitando la vivienda allí construida.-
Que en su nota de fecha 22 de mayo de 2018 el Sr. Martínez solicita la adjudicación en venta del inmueble fiscal que ocupa, por el cual ha cancelado las obligaciones tributarias ante la Municipalidad local, tal lo acredita la copia del Recibo de Pago Nº 0002 – 00001067.-
Que ante los aspectos mencionados, este Concejo Deliberante no encuentra impedimentos a los fines de dar favorable curso a la solicitud que efectuó el Sr. Martínez.-
Que la administración de las tierras fiscales es exclusiva facultad del Concejo Deliberante tal lo prescribe la Constitución Provincial y la Ley XVI Nº 46.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: ADJUDÍQUESE EN VENTA la Parcela 24 de una superficie de 359,05 m2, del Macizo Nº 13 del Sector 4, Circunscripción 1 de Gobernador Costa, según Plano de Mensura Nº 22606, Expte. 006 – 06, Tomo 213, Folio 42, a favor del Sr. MARTÍNEZ, Leopoldo DNI. 7.888.581.————————————————————————————–
Artículo 2°: Fíjase el Valor de la Parcela 24 del Macizo Nº 13 del Sector 4, Circunscripción 1 de Gobernador Costa en la suma de Pesos Siete mil ciento ochenta y uno ($7.181,00) pagaderos por el Adjudicatario en Tesorería Municipal según plan de pago a ser acordado con el Ejecutivo Municipal.————————————————————————————
Artículo 3°: En el supuesto que el plan de pago en cuotas supere un ejercicio fiscal, se aplicará un incremento de cuatro por ciento (4%) por cada año.————————————
Artículo 4°: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 5º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante Municipal de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Seis días del mes de Junio del año Dos mil dieciocho, según consta en Acta Nº 1035/18.HCD.GC.——————–
