Año: 2014 Ordenanza N°: Fecha: 2014-04-22

Ordenanza: Adjudicación Definitiva Lote 12 de la Manzana Nº 7 a favor del Sr. SOTO, Félix.

Tema: Adjudicación Definitiva Lote 12 de la Manzana Nº 7 a favor Sr. SOTO, Félix.-

VISTO:

La Nota de fecha 10 de marzo de 2014, presentada por el Sr. SOTO, Félix M Nº 7.615.446, y 

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Soto solicita la adjudicación definitiva del terreno fiscal identificado como Lote 1 de la Manzana Nº 131 (actual Lote 12 de la Manzana Nº 7) del Sector 4, Barrio Malvinas de esta localidad.-

Que el Sr. Soto fundamenta la solicitud en razón de haber adquirido las mejoras allí implantadas, hecho acontecido en el año 2001, según lo informado en la Nota de fecha 17 de abril de 2001, agregada al Expediente Nº 004/2014.HCD.GC.-

Que conforme la referenciada transacción, el Ejecutivo Municipal emitió la Resolución Nº 048/01 de fecha 21 de mayo de 2001 donde se otorga la “posesión precaria” del lote fiscal en cuestión, que posee una superficie de 386,42m2, del cual el Sr. Soto es ocupante.-

Que de acuerdo al Recibo de Pago Nº 018447 de fecha 20 de julio de 2003, se acredita que el Sr. Soto canceló el saldo por el valor total del terreno lote 1 de la Manzana Nº 131 (Actual Lote 12 de la Manzana Nº 7).-

Que con recibo de pago Nº 00000010 de fecha 10 de enero de 2014, el Sr. Soto acredita el pago de alquiler de la tierra y tasa de recolección de residuos correspondiente a la totalidad del ejercicio 2014.- 

Que la parte solicitante obró de buena fe al momento de totalizar el pago por el valor de la tierra fiscal, en una instancia anterior a emitirse la correspondiente ordenanza de adjudicación.-

Que por encontrarse clarificadas las actuaciones que tienen que ver con la tierra fiscal solicitada por el Sr. Soto, corresponde que el Concejo Deliberante se expida sobre el particular.-

Que según lo establecido en la Constitución Provincial en su Artículo 233 inc. 1) y 10), Artículo 241, y la Ley XVI – Nº 46 en su Artículo 30, Inc. 33, el régimen y la administración de las Tierras Fiscales Municipales es facultad exclusiva del Concejo Deliberante.-

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE MUNICIPAL DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le otorga la Ley XVI – Nº 46, sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: OTÓRGUESE la Adjudicación Definitiva del terreno fiscal identificado como Lote 1 de la Manzana Nº 131 (actual Lote 12 de la Manzana Nº 7) del Sector 4, Barrio Malvinas de esta localidad a favor del Sr. SOTO, Félix M Nº 7.615.446.—————————

Artículo 2º: De Forma.———————————————————————————-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Ocho días del mes de Abril del año Dos mil catorce, según consta en Acta Nº 942/14.HCD.GC.——————————-

Tema: Monto máximo para gastos o erogaciones esporádicas u ocasionales con Recibos de Servicios numerados y con membrete municipal.-

VISTO:

La solicitud efectuada por el Ejecutivo Municipal respecto de modificar la Ordenanza Nº 006/2012.MGC., sobre el monto máximo para la utilización de los recibos para el pago por servicios ocasionales, y 

CONSIDERANDO:

Que según la citada ordenanza, el monto máximo para efectuar pagos con tales instrumentos es de pesos Dos mil quinientos ($2.500,00) la cual data del año 2012.-

Que conforme ha transcurrido el tiempo, los precios en general han registrado variaciones ascendentes por cuanto los servicios que los particulares prestan al Municipio han visto incrementado sus valores.-

Que en la actualidad, se presentan inconvenientes al momento de efectuar pagos en este concepto cuando el monto supera los Pesos Dos mil quinientos ($2.500,00) debiéndose efectuar pagos en dos etapas.-

Que no se encuentran objeciones a los fines de autorizar la modificación de la Ordenanza Nº 006/2012, elevando el monto máximo para el pago con recibo de servicios ocasionales hasta la suma de Pesos Cuatro mil ($4.000,00) según lo solicita el Ejecutivo Municipal en su nota Nº 141/2014.IMGC.-

Que la cifra del Pesos Cuatro Mil ($4.000,00) se ajusta a los promedios de pagos efectuados en tales conceptos al tiempo de aprobada la presente.-

Que de esta manera se estarán facilitando las actuaciones de pago en estos conceptos por parte de Contaduría Municipal.-

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE MUNICIPAL DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le otorga la Ley XVI – Nº 46, sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: RATIFÍCASE la vigencia de los Recibos de Servicios numerados y con membrete municipal para el pago de gastos o erogaciones esporádicas u ocasionales en la Municipalidad de Gobernador Costa.———————————————————————

Artículo 2º: APRUÉBASE la suma de hasta Pesos Cuatro mil ($4.000,00) como monto máximo a los fines de efectuar erogaciones en concepto de pago de gastos o erogaciones esporádicas u ocasionales con Recibos de Servicios numerados y con membrete municipal.———————————————————————————————————-

Artículo 3º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————- 

Artículo 4º: De forma.——————————————————————————————

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria a los Veintidós días del mes de abril del año Dos mil catorce, según consta en Acta Nº 943/14.HCD.GC.————–   

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