Año: 2013 Ordenanza N°: Fecha: 2013-11-12

Ordenanza: Adhesión de la Municipalidad de Gobernador Costa a la Ley Provincial de Hidrocarburos XVII Nº 102.

Tema:  Adhesión de la Municipalidad de Gobernador Costa a la Ley Provincial de Hidrocarburos XVII Nº 102

VISTO: 

La Ley Provincial de Hidrocarburos XVII Nº 102, y   

CONSIDERANDO:

Que con dicha ley se establece el marco regulatoria de la actividad hidrocarburífera de la Provincia del Chubut.-

Que en el Capítulo XIII Regalías y Bono de Compensación de los Hidrocarburos para el Desarrollo Sustentable en su artículo 73 establece los montos a pagar en concepto del citado bono, cuyo 50% se destinará a una cuenta que comprenda beneficiarios de los Municipios y Comunas Rurales de la Comarca Senguer – Golfo San Jorge, de manera proporcional a la cantidad de habitantes.-

Que por ende, nuestro municipio está incluido en los alcances del artículo 73.-

Que para acceder a percibir el Bono de Compensación de los Hidrocarburos es necesario establecer la adhesión de esta Municipalidad a la Ley del visto.-       

Que mediante e-mail, desde el Ministerio de Economía de la Provincia del Chubut, la Cra. Gabriela Valsecchi sugiere que se adhiera este municipio a la Ley XVII Nº 102, a los fines de tramitar el decreto que establezca los índices de distribución correspondientes.-

Que una vez cumplimentado tales actuaciones, la Municipalidad de Gobernador Costa comenzará a percibir lo que le corresponde, de acuerdo a la Ley del visto, siendo esos fondos con destino exclusivo a inversiones en infraestructura, diversificación de la matriz energética y productiva y ordenamiento urbano, dichos recursos no podrán ser destinados a solventar gastos corrientes, según lo establece el Artículo 74.-      

Que el Artículo 94 de la Ley XVII Nº 102 invita a los municipios de la Comarca Senguer – San Jorge a adherir a la misma.-

Que habida cuenta de estar clarificado el origen del financiamiento, el destino y las condiciones, esta Comisión estima viable adherir a la Ley vista.-   

POR ELLO: 

EL CONCEJO DELIBERANTE DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades legales que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º: ADHIÉRESE la Municipalidad de Gobernador Costa a la Ley Provincial de Hidrocarburos XVII Nº 102, en todos sus términos, cuyo texto forma parte integral de la presente Ordenanza como Anexo I.————————————————————————-

Artículo 2º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-

Artículo 3º: De Forma.——————————————————————————————

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, en Sesión Ordinaria, a los Doce días del mes de Noviembre del año Dos trece, según consta en Acta Nº 935/13.HCD.GC.—————————————————

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