Tema: Adhesión a la Ley Provincial VIII N° 129.-
VISTOS:
La Ley Nacional N° 27.449 y la Ley Provincial VIII N° 129, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nacional N° 27.449/18 fue aprobada el 19 de diciembre de 2018 en homenaje a Micaela García, víctima de un brutal crimen el cual tuvo repercusión nacional.-
Que dicha ley nacional tiene como objetivo la capacitación obligatoria de los empleados de todos los segmentos del Estado en materia de género y violencia contra la mujer.-
Que la “ley Micaela” tal como es conocida en la actualidad, tuvo su adhesión provincial con la Ley VII N° 129, la cual a su vez invita a adherir a los municipios.-
Que la adhesión a tales leyes obliga a la Municipalidad local a instruir a sus empleados en materia de todo aquello concerniente en erradicar la violencia contra las mujeres.-
Que a esta altura de los acontecimientos, hablar de violencia contra las mujeres parecería ser un tema resuelto, sin embargo, la existencia de la “Ley Micalea” contradice tal premisa, y simplemente nos está advirtiendo que aún es necesario seguir evolucionando como sociedad en busca de un equilibrio de convivencia entre los géneros.-
Que a los fines de adherir a la Ley Provincial VIII N° 129 es necesario la emisión de una Ordenanza Municipal.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de sus facultades conferidas por la ley XVI – Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: ADHIÉRESE en TODOS SUS TÉRMINOS a la Ley Provincial VIII N° 129 la cual a su vez adhiere a la Ley Nacional N° 27.449/18 conocida como “Ley Micaela”.———————–
Artículo 2º: COMUNÍQUESE al Ejecutivo Municipal.—————————————————–
Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese y Cumplimentado ARCHÍVESE.——————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Veintisiete días del mes de Noviembre del año Dos mil diecinueve, según consta en Acta Nº 1077/19.HCD.GC.———–
