Año: Ordenanza N°: Fecha:

Ordenanza: Contrato de Contraprestación con Sr. ALVARIÑO, Wilfredo por terreno 400m2 en Lote Pastoril Nº 53.

Tema: Contrato de Contraprestación con Sr. ALVARIÑO, Wilfredo por terreno 400m2 en Lote Pastoril Nº 53.-

VISTO:

               La nota de fecha 18 de marzo de 2016 presentada por el Sr. ALVARIÑO, Wilfredo DNI. Nº 14.737.582 y

CONSIDERANDO: 

Que solicita una porción de terreno de 400m2 del Lote Pastoril 53, precisamente en la Parcela 2, a los fines de instalar allí una antena de emisión de señal de Internet.-

Que el Sr. Alvariño, reunido con esta Comisión de Tierras Municipales afirmó que el servicio de Internet, que actualmente ofrece en nuestra localidad, se vería mejorado con la instalación de una Antena de emisión y no de retransmisión, como actualmente explota el servicio desde hace ya más de 5 años.-

Que la mejora en el servicio, aseguró el Sr. Alvariño, no conllevará un incremento del valor mensual que están abonando los usuarios por el acceso al mismo.-

Que tanto la Municipalidad local como este Concejo Deliberante son usuarios del servicio de Internet que presta el Sr. Alvariño.-

Que el terreno solicitado por el Sr. Alvariño corresponde a un bien de propiedad municipal, por cuanto el uso pretendido debe estar ceñido a las condiciones que fije este Concejo Deliberante.-

Que en reunión de esta Comisión de Tierras Municipales, la parte solicitante y el Concejo Deliberante han acordado las referenciadas condiciones de uso de la tierra de propiedad municipal.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVINº 46, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase la subdivisión de la Parcela 2 del Macizo 3 del Lote Pastoril Nº 53, Sector 3 de Gobernador Costa, a los efectos de delimitar un terreno de 400m2., ubicado entre las calles España y J.V. González con frente a calle S/N, según las coordenadas GPS: S. 44º 33’ 52’’ / O. 70º 36’31’’.—————————————————————————-   

Artículo 2º: Autorízase al Ejecutivo Municipal a suscribir, con el Sr. ALVARIÑO, Wilfredo DNI. Nº 14.737.582, un Contrato de Contraprestación para la utilización del terreno delimitado de 400m2., según el Art. 1º de la presente Ordenanza, con la finalidad exclusiva de instalación de una antena de emisión de señal de Internet Banda Ancha.——-

Artículo 3º: El Contrato de Contraprestación señalado en el Art. 2º de la presente Ordenanza, será redactado según los siguientes parámetros:

  1. El inmueble Municipal de 400m2., delimitado en la Parcela 2 del Macizo 3 del Lote Pastoril Nº 53, en adelante denominado “El Terreno”, será utilizado por el Sr. ALVARIÑO, Wilfredo a los fines exclusivos de instalación de una antena de transmisión de señal de Internet Banda Ancha.-
  2. Todas las estructuras no removibles que instale o plante el Sr. Alvariño en “el Terreno” no serán objeto de reclamo, en ningún circunstancia, por parte del Ocupante al momento de que se resuelva el Contrato.-
  3. Como contraprestación por el uso de “el Terreno” el Sr. Alvariño compromete la provisión GRATUITA del servicio de Internet Banda Ancha para el Edificio Municipal y el Concejo Deliberante de Gobernador Costa, exclusivamente.-
  4. El Contrato de Contraprestación suscripto con el Sr. Alvariño tendrá una duración de hasta tres (3) años contados desde su firma, con opción a renovación por igual o mayor periodo, según lo disponga el Concejo Deliberante oportunamente.-
  5. En ningún momento durante la vigencia del Contrato de Contraprestación o a posterioridad de su resolución, el Sr. Alvariño tendrá opción a compra de “el Terreno”.-       

Artículo 4º: Serán Causales de Resolución del Contrato de Contraprestación con el Sr. ALVARIÑO, Wilfredo, cuando se tengan por acreditados los siguientes hechos:

  1. Cese de la actividad comercial.-
  2. Modificación de los fines previstos para “el terreno”.-

Artículo 5º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-

Artículo 6º: De Forma.—————————————————————————————–

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Seis días del mes de Diciembre del año Dos mil dieciséis, según consta en Acta Nº 1003/2016.HCD.GC.————

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