Tema: Permiso Precario de Ocupación Parcela 1 de la Manzana Nº 24, Chacra 3, Sector 4.-
VISTO:
La Nota de fecha 29 de Agosto de 2016 presentada por el Sr. GARCÍA, Agustín Omar DNI. Nº 35.041.407, y
CONSIDERANDO:
Que en dicha nota el Sr. García solicita la adjudicación a su favor de un terreno fiscal con destino a la construcción de un galpón de acopio de madera y un espacio apto para la venta de estos materiales.-
Que el Sr. García viene desarrollando el emprendimiento de “maderera” desde hace aproximadamente un año en nuestra localidad, con lo cual estaría continuando con un emprendimiento ya en marcha.-
Que el Sr. García ha presentado la documentación que se exige para los casos de solicitudes de terrenos para emprendimiento.-
Que a los fines del otorgamiento de una tierra fiscal deben quedar establecidas claramente las condiciones y exigencias a las que la parte adjudicataria queda sujeta una vez iniciada la ocupación.-
Que la administración de la tierra fiscal es exclusiva facultad del Concejo Deliberante, lo cual se encuentra prescripto en la Constitución Provincial, la Ley XVI Nº 46 y la Ordenanza Nº 11/85 “Bis”.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de sus facultades legales, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º: OTÓRGUESE el PERMISO PRECARIO DE OCUPACIÓN del terreno fiscal denominado Parcela 1 de la Manzana Nº 24, Chacra 3, Sector 4, según el Plano Nº 29133, ubicado en el Acceso SurEste de Gobernador Costa, a favor el Sr. GARCÍA, Agustín Omar DNI. Nº 35.041.407, a fines exclusivos de ejecución de micro-emprendimiento “Construcción de un Galpón de Acopio y Venta de Madera”.—————————————-
Artículo 2º: REQUISITOS MÍNIMOS A CUMPLIMENTAR POR EL TITULAR DEL PERMISO:
- Cercamiento del perímetro del terreno en un plazo de hasta tres (3) meses contados en días seguidos a partir de La notificación de la presente ordenanza.-
- Plazo de hasta dos (2) años para la ejecución del proyecto presentado, contados en días seguidos desde la notificación de la presente ordenanza.-
- Plazo de hasta sesenta (60) días corridos, contados desde la notificación de la presente ordenanza, a los fines de presentar ante la Municipalidad de Gobernador Costa y el Concejo Deliberante copia del Proyecto a ejecutar, consistente en Memoria Descriptiva, Cálculo de inversión, planta, vistas y cortes, realizado por profesional.-
- En ningún caso el Titular del Permiso podrá modificar el destino de ejecución del proyecto presentado, sobre el terreno que ocupa.-
- En ningún caso el titular del permiso podrán vender, alquilar o transferir la Parcela 1 de la Manzana Nº 24, Según Plano Nº 29133, Sector 4, del Barrio Malvinas de Gobernador Costa.-
Artículo 3º: CAUSALES DE CADUCIDAD:
Incumplimiento de lo previsto en los incisos contenidos en el Artículo 2º de la presente Ordenanza.——————————————————————————————————–
Artículo 4º: Previo a la ocupación del lote en cuestión, el Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, realizará un certificado de amojonamiento del terreno señalado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.——————————————————————-
Artículo 5º: DEL TÍTULO DE PROPIEDAD:
A los fines de la obtención del título de propiedad la Parcela 1 de la Manzana Nº 24, Chacra 3, Sector 4, Según Plano Nº 29133, del Barrio Malvinas, el Sr. GARCÍA, Agustín Omar DNI. Nº 35.041.407, debe acreditar, ante el Departamento de Obras y Servicios Públicos Municipal, el avance de cien por ciento (100%) de las obras objeto de la adjudicación, en los plazos previstos en la presente Ordenanza y con precio a valor fiscal.–
Artículo 6º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.—————————————————–
Artículo 7º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria a los Veinticinco días del mes de Octubre del año Dos mil dieciséis, según consta en Acta Nº 1000/2016.MGC.——–
