Tema: Permiso Precario de Ocupación Parcela 31 de la Redistribución de los Lotes 36e y 36d, Chacra 4, Circunscripción 1, de Gobernador Costa, a favor de la Sra. GRULLÓN REYES, Johanna Rosaly DNI. 28.018.932.-
VISTO:
La Nota de fecha 11 de Febrero de 2016 presentada por la Sra. GRULLÓN REYES, Johanna Rosaly DNI. Nº 19.017.431, reiteración de solicitud de un terreno fiscal con destino a construcción vivienda familiar, y
CONSIDERANDO:
Que originalmente el trámite a esos fines fue iniciado por la Sra. Grullón Reyes en fecha 19 de Octubre de 2015 ante este Concejo Deliberante, sin obtener respuesta alguna, a la fecha.-
Que la Sra. Grullón Reyes ha presentado la documentación que se exige en los casos de otorgamiento de permiso precario de ocupación de tierras fiscales con destino a construcción de vivienda a ser habitada por su grupo familiar.-
Que la solicitante cumplimenta con todos los requisitos que se exigen a esos fines.-
Que en la Redistribución de los Lotes 36d y 36e de la Chacra 4 existe disponibilidad de una parcela con las condiciones y dimensiones aptas para la construcción de una vivienda familiar, precisamente la Parcela 31 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e de la Chacra 4.-
Que este Concejo Deliberante estima como oportuno dar respuesta a la solicitud efectuada por la Sra. Grullón Reyes quien manifiesta que ejecutará la obra por medios propios.-
Que por tratarse del inicio de ocupación de una tierra fiscal, es preciso además establecer requisitos claros a ser cumplimentados por el adjudicatario.-
Que la administración de la tierra fiscal es exclusiva facultad del Concejo Deliberante, lo cual se encuentra prescripto en la Constitución Provincial, la Ley XVI Nº 46 y la Ordenanza Nº 11/85 “Bis”.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º: OTÓRGUESE el PERMISO PRECARIO DE OCUPACIÓN de la Parcela 31 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e de la Chacra 4, Circunscripción 1, de Gobernador Costa, a favor de la Sra. GRULLÓN REYES, Johanna Rosaly DNI. Nº 19.017.431, a los fines exclusivos de construcción de una vivienda familiar.—————————————————
Artículo 2º: REQUISITOS MÍNIMOS A CUMPLIMENTAR POR LA TITULAR DEL PERMISO:
- Cercamiento del perímetro del terreno en un plazo de hasta tres (3) meses contados a partir de la adjudicación.-
- Plazo de hasta dos (2) años para la construcción de la vivienda familiar, debiendo solicitar prórroga ante el Concejo Deliberante en caso de verse imposibilitada en su cumplimiento.-
- Plazo de hasta sesenta (60) días corridos, contados desde la notificación de la presente ordenanza, a los fines de presentar ante la Municipalidad de Gobernador Costa y el Concejo Deliberante copia del Proyecto de la vivienda a ejecutar, consistente en Memoria Descriptiva, Cálculo de inversión, planta, vistas y cortes, realizado por profesional.-
- En ningún caso la titular del permiso podrá modificar el destino de construcción de vivienda familiar del terreno que ocupa.
- En ningún caso la titular del permiso podrá vender, alquilar o transferir la Parcela 31 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e de la Chacra 4.-
Artículo 3º: CAUSALES DE CADUCIDAD:
Incumplimiento de lo previsto en los incisos contenidos en el Artículo 2º de la presente.-
Artículo 4º: Previo al otorgamiento del Permiso Precario de Ocupación, el Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, realizará un certificado de amojonamiento del terreno señalado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.-
Artículo 5º: DEL TÍTULO DE PROPIEDAD:
A los fines de la obtención del título de propiedad de la Parcela 31 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e de la Chacra 4, Circunscripción 1, de Gobernador Costa, la Sra. GRULLÓN REYES, Johanna Rosaly debe acreditar, ante el Departamento de Obras y Servicios Públicos Municipal, el avance de cien por ciento (100%) de las obras objeto de la adjudicación, en los plazos previstos en la presente Ordenanza y con precio a valor fiscal.-
Artículo 6º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————
Artículo 7º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria a los Cinco días del mes de Abril del año Dos mil Dieciséis, según consta en Acta Nº 986/2016.HCD.GC.—————————-
