Año: Ordenanza N°: Fecha:

Ordenanza: Permiso Precario de Ocupación Parcela 35 de la Redistribución de los Lotes 36e y 36d, Chacra 4, Circunscripción 1, de Gobernador Costa, a favor del Sr. LAGOS, Adrián Manuel DNI. 28.018.932.

Tema: Permiso Precario de Ocupación Parcela 35 de la Redistribución de los Lotes 36e y 36d, Chacra 4, Circunscripción 1, de Gobernador Costa, a favor del Sr. LAGOS, Adrián Manuel DNI. 28.018.932.-

VISTO:

La Nota de fecha 10 de Junio de 2015 presentada por el Sr. LAGOS, Adrián Manuel DNI. 28.018.932, solicitando un terreno fiscal con destino construcción de su vivienda familiar, y  

CONSIDERANDO:

Que vencidos los plazos legislativos del año 2015, el Sr. Lagos no obtuvo respuesta de parte de este Concejo Deliberante.-

Que mediante Nota Nº 038/2016.SMGC., el Ejecutivo Municipal solicita la designación de un terreno fiscal a favor del Sr. LAGOS, Adrián Manuel en atención a la consulta que el vecino realizó en la Municipalidad local.-

Que el Sr. Maica informa que si bien en el año 2007 resultó adjudicatario de la unidad Nº 09 del Barrio 32 viviendas, a posterioridad de su separación de la Sra. FERREYRA, Victoria notificó al IPVyDU sobre la situación y renunciando a los derechos de dicha vivienda a favor de su ex concubina; obrando en expediente la copia del respectivo documento.-

Que el Sr. Lagos manifiesta expresamente como carga familiar a su hijo menor de edad.-

Que además el Sr. Lagos informa que la construcción de su vivienda familiar será realizada por medios propios.-

Que es voluntad de este Concejo Deliberante posibilitar el asentamiento de familias que demuestren voluntad de ejecutar su propia vivienda familiar.- 

Que la administración de la tierra fiscal es exclusiva facultad del Concejo Deliberante, lo cual se encuentra prescripto en la Constitución Provincial, la Ley XVI Nº 46 y la Ordenanza Nº 11/85 “Bis”.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º: OTÓRGUESE el PERMISO PRECARIO DE OCUPACIÓN de la Parcela 35 de la Redistribución de los Lotes 36e y 36d, Chacra 4, Circunscripción 1, de Gobernador Costa, a favor del Sr. LAGOS, Adrián Manuel DNI. 28.018.932 a los fines exclusivos de construcción de una vivienda familiar.—————————————————————————————

Artículo 2º: REQUISITOS MÍNIMOS A CUMPLIMENTAR POR EL TITULAR DEL PERMISO:

  1. Cercamiento del perímetro del terreno en un plazo de hasta 3 meses contados a partir de la adjudicación.-
  2. Plazo de hasta dos años para la construcción de la vivienda, debiendo solicitar prórroga ante la municipalidad en caso de verse imposibilitada en su cumplimiento.-
  3. Plazo de hasta sesenta (60) días corridos, contados desde la notificación de la presente ordenanza, a los fines de presentar ante la Municipalidad de Gobernador Costa y el Concejo Deliberante copia del Proyecto de la vivienda a ejecutar, consistente en Memoria Descriptiva, Cálculo de inversión, planta, vistas y cortes, realizado por profesional.-
  4. Plazo de Hasta Noventa (90) días corridos a partir de la notificación de la presente Ordenanza a los fines de iniciar las obras.- 
  5. En ningún caso el titular del permiso podrá modificar el destino de construcción de vivienda familiar del terreno que ocupa. 
  6. En ningún caso el titular del permiso podrá vender, alquilar o transferir la Parcela 35 de la Redistribución de los Lotes 36e y 36d, Chacra 4, Circunscripción 1, de Gobernador Costa.-

Artículo 3º: CAUSALES DE CADUCIDAD:

Incumplimiento de lo previsto en los incisos contenidos en el Artículo 2º.———————–

Artículo 4º: Previo al otorgamiento del Permiso Precario de Ocupación, el Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, realizará un certificado de amojonamiento del terreno señalado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.———————————-

Artículo 5º: DEL TÍTULO DE PROPIEDAD: 

A los fines de la obtención del título de propiedad de la Parcela 35 de la Redistribución de los Lotes 36e y 36d, Chacra 4, Circunscripción 1, de Gobernador Costa, el Sr. LAGOS, Adrián Manuel debe acreditar, ante el Departamento de Obras y Servicios Públicos Municipal, el avance de cien por ciento de las obras objeto de la adjudicación, en los plazos previstos en la presente Ordenanza y con precio a valor fiscal.—————————–

Artículo 6º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————

Artículo 7º: De Forma.——————————————————————————————

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria a los Veintidós días del mes de Marzo del año Dos mil Dieciséis, según consta en Acta Nº 985/2016.HCD.GC.—————————-

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