Tema: Derogación de Ordenanzas de otorgamiento de Permisos Precarios de Ocupación de Terrenos Fiscales cuyos plazos se encuentran vencidos.-
VISTO:
La Resolución Municipal Nº 099/2017.SMGC., y
CONSIDERANDO:
Que el Ejecutivo Municipal, como autoridad de aplicación de las ordenanzas que emite este Concejo Deliberante, efectuó una actuación de constatación del cumplimiento de plazos por parte de los adjudicatarios de Permisos Precarios de Ocupación de Tierras Fiscales en el Sector 4 de nuestra localidad.-
Que en la Resolución Municipal Nº 099/2017.SMGC., se detallan los Adjudicatarios cuyos plazos exigidos por las correspondientes ordenanzas se encuentran vencidos sin haber cumplimentado con lo allí exigido.-
Que la Constitución de la Provincia del Chubut en su Artículo 233, Inc. 1), 10) y Artículo 241 y la Ley XVI Nº 46 facultan de manera exclusiva al Concejo Deliberante a administrar la tierra fiscal.-
Que en la Comisión de Tierras de este Concejo Deliberante, obran numerosas solicitudes efectuadas por vecinos de la localidad para acceder a un terreno, principalmente con destino a vivienda familiar, a quienes no se les ha podido ofrecer una respuesta justamente por carecer de terrenos aptos a esos fines.-
Que la recuperación de tierras fiscales es una premisa que este Concejo Deliberante mantiene con firmeza, en pleno uso de sus facultades legales, y con la sola finalidad de ofrecer igualdad de oportunidades para los vecinos de la localidad.-
Que los vecinos mencionados en la Resolución Municipal del Visto han sido oportuna y debidamente atendidos por el Estado Municipal, toda vez que se analizó su caso en particular, y se los favoreció con el permiso precario de ocupación de un terreno fiscal, quedando exclusivamente en cada uno de ellos la responsabilidad de cumplir con los requisitos y plazos que conocían previamente.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º: Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 036/2011.MGC.—————————–
Artículo 2º: Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 025/2015.MGC.—————————–
Artículo 3º: Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 026/2015.MGC.—————————–
Artículo 4º: Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 028/2015.MGC.—————————–
Artículo 5º: Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 044/2015.MGC.—————————–
Artículo 6º: Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 054/2015.MGC.—————————–
Artículo 7º: Deróguese la Ordenanza Municipal Nº 009/2016.MGC.—————————–
Artículo 8º: Deróguense las Ordenanzas Municipales Nº 016/2007.MGC. y Nº 040/2007.MGC.—————————————————————————————————
Artículo 9º: Conforme lo estipulado en los Artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º de la presente Ordenanza, el Concejo Deliberante recupera la administración de los siguientes terrenos fiscales:
- Parcela 12 de Macizo 13, Sector 4 de Gobernador Costa, Chubut.-
- Parcela 27 del Macizo 13, Sector 4 de Gobernador Costa, Chubut.-
- Parcela 28 del Macizo 13, Sector 4 de Gobernador Costa, Chubut.-
- Parcela 32 del Macizo 13, Sector 4 de Gobernador Costa, Chubut.-
- Parcela 29 de la Redistribución de los Lotes 36-d y 36-e, Sector 4 de Gobernador Costa, Chubut.-
- Parcela 29 del Macizo 13, Sector 4 de Gobernador Costa, Chubut.-
- Parcela 31 de la Redistribución de los Lotes 36d y 36e, Sector 4 de Gobernador Costa, Chubut.-
- Parcelas 7 y 8 de la Chacra 2, Sector 4 de Gobernador Costa.-
Artículo 10º: En el supuesto de que existan mejoras implantadas en algunos de los terrenos detallados en los Incisos del Artículo 9º de la presente Ordenanza, las mismas serán tasadas por la Dirección Municipal de Obras Públicas cuyo valor será abonado por el futuro Adjudicatario del terreno en cuestión.————————————————————
Artículo 11º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.—————————————————–
Artícul0 12º: De Forma.—————————————————————————————-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Treinta y un días del mes de Octubre, según consta en Acta Nº 1021/17HCD.GC.—————————————————-
