Año: 2017 Ordenanza N°: Fecha:

Ordenanza: Tarifas 2017 para el Servicio de Taxis e implementación del Servicio Nocturno.

Tema: Tarifas 2017 para el Servicio de Taxis e implementación del Servicio Nocturno.-

VISTO:

La Nota de fecha 23 de enero de 2017 presentada por los titulares de las licencias para la explotación del servicio de TAXIS en nuestra localidad, y

CONSIDERANDO:

Que solicitan un incremento en las tarifas locales y hacia fuera de Gobernador Costa.-

Que proponen $35 para viajes locales; $15 por kilómetro de asfalto y $20 por kilómetro de ripio.-

Que fundamentan su solicitud en el incremento de precios en todos los rubros de la economía nacional.-

Que en fecha 29 de marzo de 2017 la Comisión de Legislación General ha realizado reuniones con los taxistas locales habilitados, oportunidad en que además de oír sus propuestas e inquietudes, se les propuso que garanticen en servicio nocturno de taxis, sin cobertura por esos días.-

Que los taxistas han aceptado dicha propuesta incluso han distribuido entre ellos mismos las noches en que cubrirán el servicio.-

Que de igual manera se ha propuesto y aceptaron la aplicación de una tarifa diferencial para el horario nocturno.-    

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

Artículo 1º: MODIFÍCASE el Artículo 26 “Tarifas – Montos Máximos” de la Ordenanza Municipal Nº 064/2014.MGC. de la Reglamentación del Transporte Público de TAXIS, el cual queda redactado de la siguiente manera:

“A partir del 01 de Mayo de 2017, los montos máximos son los siguientes:

  1. Viaje local: hasta $35 (Pesos Treinta y cinco).-
  2. Kilómetro sobre asfalto: hasta $12 (Pesos Doce).-
  3. Kilómetro sobre ripio: hasta $15 (Pesos Quince).-
  4. TARIFA FIJA a José de San Martín: hasta $90 (Pesos Noventa).-“

Artículo 2º: CRÉASE, a partir del 01 de Mayo de 2017, el SERVICIO NOCTURNO DE TAXIS en Gobernador Costa el cual se extenderá desde las 23:00hs. hasta las 07:00hs. del día siguiente.———————————————————————————————————–

Artículo 3º: A los fines de la contratación del SERVICIO NOCTURNO DE TAXIS en Gobernador Costa, fíjase la siguiente tarifa diferencial, aplicable exclusivamente en los horarios desde las 23:00hs. hasta las 07:00hs.del día siguiente:

  1. TARIFA DIFERENCIAL por Viaje local: hasta $40 (Pesos Cuarenta).-

Artículo 4º: Agrégase Como Anexo I de la presente Ordenanza, la nómina de las compañías de Taxis sus días de funcionamiento y número de teléfono celular para el Servicio Nocturno de Taxis.———————————————————————————— 

Artículo 5º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-

Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese y cumplido ARCHÍVESE.————————————–

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Dieciocho días del mes de Abril del año Dos mil diecisiete, según consta en Acta Nº 1008/2017.HCD.GC.——–

ANEXO I

SERVICIO NOCTURNO DE TAXIS

Nómina de Empresas de Taxi habilitadas – Jornada de realización del servicio

Viernes: “TAXI JOEL” Cel.: 2945 – 59 07 30.-  

Domingos: “TAXI VIMAR” Cel.: 2945 – 52 82 00.-

Lunes: “REMIS COSTA” Cel.: 2945 – 68 90 98.-

Martes: “TAXI JUANCITO” Cel.: 2945 – 55 35 75.-

Miércoles: “TAXI ROCA” Cel.: 2945 – 41 60 89.-

Jueves: “TAXI CARLITOS” Cel.: 2945 – 40 41 10.-

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