Tema: Monto máximo para pago por contraprestación de servicios en el marco del Plan de Empleo Municipal.-
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 046/2006.MGC., y
CONSIDERANDO:
Que por medio de dicha Ordenanza se creó la Partida Presupuestaria denominada como Partida Principal 06-Transferencias Corrientes, Parcial 21-Plan de Empleo Municipal, por la suma de Pesos Un mil ($1.000).-
Que tal la denominación del mencionado Parcial, la misma apuntó a financiar el Plan de Empleo Municipal con el objetivo de beneficiar a personas que no se encontraren encuadradas en ninguna otra alternativa laboral.-
Que por tratarse de una Ordenanza con más de 10 años de vigencia, es necesario la actualización de los montos en carácter de “estipendio” a los fines de adecuar su aplicación en la actualidad, en virtud del beneficio que trae para los vecinos que manifiestan necesidad de acceder a una contraprestación de servicios.-
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES CONFERIDAS POR LEY XVI N° 46 SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
Artículo 1°: AUTORÍZASE, desde el 01 de Abril de 2017, hasta la suma de Pesos Dos mil ($2.000,00) el estipendio para cada uno de los Contraprestadores de Servicios en el marco del PLAN DE EMPLEO MUNICIPAL.—————————————————————————
Artículo 2º: Comuníquese el Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 3º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Dieciocho días del mes de Abril del año Dos mil diecisiete, según consta en Acta Nº 1008/2017.HCD.GC.——–
