VISTO:
El Convenio Ejecutivo Ampliatorio suscripto entre la Municipalidad de Gobernador Costa y el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano (IPVyDU) el 11 de noviembre de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que dicho documento viene a modificar el anterior Convenio Ejecutivo Modificatorio firmado el 26 de noviembre de 2015 para la ejecución de la obra “Construcción de 5 viviendas de 2 dormitorios en la localidad de Gobernador Costa” para cuyos fines el IPVyDU., comprometió el aporte de $2.589.292,09.-
Que mediante el Convenio citado en el Visto el IPVyDU, incrementa la suma del aporte en un valor de $397.096,75 totalizando el monto de $2.968.388,84 según su Cláusula Primera.-
Que las demás condiciones y obligaciones de este nuevo Convenio Ampliatorio mantienen plena vigencia y no difieren en ningún término de las que figuran en el documento anterior.-
Que con la presente actuación se está cumplimentando con el Artículo 44 de la Ley XVI Nº 46 de Corporaciones Municipales.-
Que el Convenio Ampliatorio analizado se encuentra debidamente Protocolizado en la Escribanía General de Gobierno.-
Que no se encuentran impedimentos a los fines de ratificar en todos sus términos el Convenio señalado en el Visto.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º: RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS el Convenio Ejecutivo Ampliatorio suscripto entre la Municipalidad de Gobernador Costa y el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano el 11 de noviembre de 2016, para la ejecución de la obra “Construcción de 5 viviendas de 2 dormitorios en la localidad de Gobernador Costa” por una suma ampliatoria de Pesos Trescientos noventa y siete mil noventa y seis con setenta y cinco Centavos ($397.096,75) que totaliza una inversión de Pesos Dos millones novecientos ochenta y seis mil trescientos ochenta y ocho con ochenta y cuatro Centavos ($2.986.388,84).————————————————————————————————–
Artículo 2º: Autorízase al Ejecutivo Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester a los fines de dar cumplimiento a las obligaciones derivadas del Convenio Ejecutivo Ampliatorio ratificado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.——-
Artículo 3º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese y cumplido ARCHÍVESE.————————————–
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Cuatro días del mes de Abril del año Dos mil diecisiete, según consta en Acta Nº 1007/2017.HCD.GC.————–
