VISTO:
La Ley Provincial XVI Nº 46 en sus artículos 106, 107 y concordantes, y
CONSIDERANDO:
Que durante el ejercicio 2024 se aplicó la variación que surgiera en el INDEC NIVEL GENERAL AL CONSUMIDOR en el valor del módulo a aplicarse en esta Municipalidad de Gobernador Costa.-
Que, resultaría conveniente, en caso de fluctuaciones en el índice inflacionario, continuar para el ejercicio 2025, con la modalidad que se estableció en el Valor Módulo aplicado en el ejercicio 2024.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en virtud de las facultades legales, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: El VALOR MÓDULO a aplicarse para el ejercicio 2025 en la Municipalidad de Gobernador Costa, es de pesos: SEISCIENTOS -($600,00)-.
El Ejecutivo Municipal puede adecuar el importe del Valor Módulo, en los meses de marzo, junio y septiembre de cada año, teniendo como límite el promedio simple de las variaciones Trimestrales acumuladas del índice de Precios al Consumidor elaborado por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC) y el Índice de Precios Internos al por Mayor elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), o en el que en un futuro los reemplace.
En cada ocasión que se aplique la presente facultad, el Ejecutivo Municipal enviará al Concejo Deliberante la respectiva normativa con la base de cálculo.——————————
Artículo 2º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————
Artículo 3º: De Forma.—————————————————————————————–
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria de prórroga, a los Veintisiete días del mes de Diciembre del año Dos mil Veinticuatro, según consta en Acta Nº 1204/24.HCD.GC.———————————————————————–
