Tema: Esquema para calcular el valor de tarifas por el uso del servicio de Taxis.-
VISTOS:
La Nota N° 152/2018.SMGC., el Acta de fecha 14/11/2018 entre el Ejecutivo Municipal / Inspección Municipal, Asesor Letrado Municipal con los prestadores del Servicio de Taxis de Gobernador Costa, y la Ordenanza Municipal N° 013/2018.MGC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Nota 152/2018.SMGC., el Ejecutivo Municipal remitió hacia este Concejo Deliberante la copia del acta citado en Vistos, en donde entre las partes firman un acuerdo para fijar el cuadro tarifario por la utilización del servicio de Taxis.-
Que tal acuerdo tiene como finalidad establecer tarifas con un mecanismo móvil lo cual encuentra su asidero en el valor de un (1) litro de Nafta Super en la estación YPF local.-
Que más allá de lo acordado y firmado, a los fines de la aplicación del esquema unidades fijas para el cálculo de las diferentes tarifas, es necesario la modificación de la Ordenanza Municipal N° 013/2018. MGC., actuación de exclusivo imperio de este Concejo Deliberante.-
Que de igual manera el Artículo 33, Inc.2 de la Ley XVI N° 46 faculta exclusivamente a este Concejo Deliberante a los fines de entender en materia de las tarifas de los servicios urbanos de los transportes de pasajeros.-
Que además es preciso re establecer el servicio nocturno del Servicio de Taxis, el cual se encuentra en creado y en plena vigencia según lo prescripto en la Ordenanza Municipal N° 011/2017.MGC. en sus Artículos 2°, 3° y 4°.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: RATIFÍCASE EN TODOS SUS TÉRMINOS el Acta de fecha 14 de Noviembre de 2018 suscripto entre el Ejecutivo Municipal / Inspección Municipal, Asesor Letrado Municipal y los prestadores del Servicio de Taxis de Gobernador Costa, remitido adjunto a la Nota N° 152/2018.SMGC.———————————————————————————–
Artículo 2°: Conforme lo ratificado en el Artículo 1° de la presente Ordenanza, se establece el siguiente esquema a los fines de fijar la tarifa para la utilización del servicio de Taxis en Gobernador Costa:
- Valor del Viaje local (dentro del Ejido Urbano): hasta dos (2) litros de Nafta Súper.-
- Valor del Viaje hacia José de San Martín: hasta seis (6) litros de Nafta Súper.-
- Valor del Kilómetro sobre asfalto: hasta Cero punto cinco (0.5) del litro de Nafta Súper.-
- Valor del Kilómetro sobre ripio: hasta un sesenta y seis por ciento (66%) de incremento sobre el valor previsto sobre el kilómetro sobre asfalto.-
- Valor del Viaje durante el Servicio Nocturno: se aplica un incremento de hasta el quince por ciento (15%) sobre los valores fijados en los Incisos a, b, c y d.-
Artículo 3°: A los fines de la re-implementación del Servicio Nocturno de Taxis (desde las 00:00hs hasta las 07:00Hs.) los Prestadores del Servicio tienen hasta diez (10) días hábiles de notificada la presente Ordenanza a los fines de presentar ante Inspección Municipal la nómina de turnos, los días de funcionamiento y número de teléfono celular de cada compañía que prestará el referenciado Servicio. Dicha nómina debe ser publicada en los medios radiales locales y en el sitio digital de Prensa Municipal.————————————
Artículo 4º: El Acta de fecha 21 de Noviembre de 2018 y la Nota N° 152/2018.SMGC., forman parte integral de la presente Ordenanza como Anexos I y II, respectivamente.——-
Artículo 5º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese y cumplido ARCHÍVESE.————————————–
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Cuatro días del mes de Diciembre del año Dos mil dieciocho según consta en Acta N° 1048/18.HCD.GC.———–
