Año: 2018 Ordenanza N°: Fecha:

Ordenanza: Comodato con el Sr. MARTÍNEZ, Mauricio por terreno de 50m x 50m de la Parcela 13 del Lote Pastoril 53 con destino ejecución micro emprendimiento de producción pelífera de chinchillas. 

Tema: Comodato con el Sr. MARTÍNEZ, Mauricio por terreno de 50m x 50m de la Parcela 13 del Lote Pastoril 53 con destino ejecución micro emprendimiento de producción pelífera de chinchillas.- 

VISTO:

La solicitud vía nota de fecha 18 de Septiembre de 2018 presentada por el Sr.  MARTÍNEZ, Mauricio DNI. N° 25.619.795,  y

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Martínez reitera la solicitud que efectuó en 2017, donde solicitó un terreno municipal para la ejecución de micro emprendimiento de “Producción Pelífera de Chinchillas y criadero de conejos para producción de carne”.-

Que el Sr. Martínez ha presentado el correspondiente Proyecto que ilustra el micro emprendimiento a ejecutar, el cual es único en nuestra localidad.-

Que en el Lote Pastoril N° 53, ubicado hacia el sector Sur-Este de nuestra localidad, existe disponibilidad de un terreno con dimensiones y cualidades óptimas para la instalación del micro emprendimiento que proyecto del Sr. Martínez.-

Que por tratarse de terrenos de propiedad municipal es menester establecer las condiciones de ocupación del inmueble.-

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: Autorízase la firma de un Contrato de Comodato con el Sr. MARTÍNEZ, Mauricio DNI. N° 25.619.795, para la ocupación y uso de un terreno de 50m x 50m de dimensiones en la Parcela 13 del Lote Pastoril 53, lindante con Parcela 10 al Sur y Parcela 12 al Oeste, según el Plano Nº 28671, propiedad de la Municipalidad de Gobernador Costa, a los fines exclusivos de la ejecución del micro emprendimiento “Producción Pelífera de Chinchillas y criadero de conejos para producción de carne”.————————-

Artículo 2º: El Contrato de Comodato que el Sr. MARTÍNEZ, Mauricio firme con el Ejecutivo Municipal tendrá los siguientes extremos rectores:

  1. La duración del Comodato tendrá validez desde la firma del contrato hasta el 31 de diciembre de 2019, inclusive, renovable por el término que el Concejo Deliberante disponga.-
  2. El Comodato por la Porción de terreno de la Parcela 13 del Lote Pastoril Nº 53 que ocupará el comodatario para ejecutar su micro emprendimiento, en ningún caso posibilitará la opción a venta.-
  3. El comodatario en ningún caso podrá modificar el fin del micro emprendimiento “Producción Pelífera de Chinchillas y criadero de conejos para producción de carne”; la inobservancia de este requisito importa la automática revocación del Contrato de Comodato.-
  4. La Dirección de Obras Públicas Municipal, a solicitud de este Concejo Deliberante o el Ejecutivo Municipal elaborará informe donde se señale el avance de obra, la actividad desarrollada y constatación de cumplimiento del inciso c) de la presente.-
  5. La Dirección de Ambiente Municipal, a indicación del Ejecutivo Municipal, realizará inspecciones periódicas a los fines de constatar la correcta interacción de las actividades de “Producción Pelífera de Chinchillas y criadero de conejos para producción de carne” y el medio ambiente.- 

Artículo 3º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese y cumplido ARCHÍVESE.————————————–

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Veinticinco días del mes de Septiembre del año Dos mil dieciocho según consta en Acta N° 1042/18.HCD.GC.—

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