Tema: Modificación Artículo 17 de la Ordenanza N° 022/2016.MGC.-
VISTOS:
La Ordenanza Municipal N° 022/2016.MGC. y la solicitud efectuada por el Sr. CORFIELD, Carlos Agustín DNI. N° 27.467.163, y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza de Vistos establece el Esquema de Pago en Cuotas de Viviendas ejecutadas por Obra Delegada Municipal con fondos del Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano.-
Que el Sr. CORFIELD, Carlos Agustín resultó beneficiario de una unidad habitacional de la citada operatoria, específicamente la vivienda edificada en la actual Parcela 18 de la Manzana N° 29, Sector 3 de Gobernador Costa.-
Que la Ordenanza Municipal N° 022/2016 en su artículo 17° señala al Sr. Corfield como responsable del pago de las cuotas para cancelar el valor de la vivienda, según plan de pago mensual.-
Que el Sr. Corfield se dirigió al Ejecutivo Municipal mediante nota de fecha 20 de septiembre de 2018 adjuntando copia de la Actuación Notarial N° 728454 de fecha 23 de marzo de 2016, realizada por ante Juzgado de Paz local, donde cede y transfiere todos los derechos y acciones que tiene, le corresponden o pudieren corresponder sobre el inmueble Parcela 18 de la Manzana N° 29, Sector 3 de Gobernador Costa y todo lo allí enclavado, edificado y/o plantado, a favor de la Sra. ALTAMIRANO, María Verónica DNI. N° 26.913.468.-
Que en el caso de los alcances de la Ordenanza Municipal N° 022/2016.MGC., corresponde en este caso y ante la solicitud efectuada por el Sr. Corfield ante el Ejecutivo Municipal, proceder a modificar el Artículo 17° en lo que refiere a la titularidad de la vivienda y su responsable en el pago de cuotas.-
Que mediante Nota N° 114/2018.SMGC., el Ejecutivo Municipal remitió hacia este Concejo Deliberante toda la documental que acredita lo arriba descripto.-
Que en tal contexto, no se encuentran impedimentos a los fines de dar favorable curso a la solicitud efectuada por el Sr. CORFIELD, Carlos Agustín.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: MODIFÍCASE el Artículo 17° de la Ordenanza Municipal N° 022/2016.MGC., el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 17º: Sra. ALTAMIRANO, María Verónica DNI. N° 26.913.468 por la vivienda construida en el lote 18 de la Manzana Nº 29 del Sector 3 de Gobernador Costa, le corresponde abonar la cantidad de Ciento cincuenta (150) Cuotas mensuales de un valor de Pesos Un mil ($1000,00) cada una, con una actualización anual del cuatro por ciento (4%), dicho porcentaje será aplicado al valor de la cuota del mes de diciembre de cada año para aplicarse en el ejercicio inmediatamente posterior”.-
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Artículo 2°: En el caso que el Sr. CORFIELD, Carlos Agustín DNI. N° 27.467.163 haya efectuado pago de cuotas, conforme el Art. 17° de la Ordenanza 022/2016.MGC., tales montos dinerarios se tendrán por válidos en el valor total de la vivienda cuyo saldo le corresponde seguir abonando a la Sra. ALTAMIRANO, María Verónica DNI. N° 26.913.468.-
Artículo 3º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese y cumplido ARCHÍVESE.————————————–
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Veinticinco días del mes de Septiembre del año Dos mil dieciocho, según consta en Acta Nº 1042/18.HCD.GC.-
