Tema: Subdivisión de la Parcela 11 de la Fracción 10 del Lote Pastoril 53, y otorgamiento en comodato de una de las partes surgidas a favor del Sr. CAVIEZA, Carlos Claudio p/ micro emprendimiento.-
VISTOS:
La Nota de fecha 02 de mayo de 2018 presentada por el Sr. CAVIEZA, Carlos Claudio DNI. Nº 27.490.381 y la Ordenanza Municipal Nº 018/2018.MGC., y
CONSIDERANDO:
QUE el Sr. Cavieza reitera su solicitud de adjudicación de un terreno municipal donde ejecutar el Proyecto “Granja Cerdos y Aves de Corral” cuya fundamentación fue presentada en la carpeta adjunta a su nota inicial de fecha 16 de Agosto de 2016.-
Que mediante la Ordenanza Nº 018/2018.MGC., el Estado Municipal recuperó la administración de la Parcela 11 de la Fracción 10 del Lote Pastoril Nº 53 la cual por su ubicación respecto del Sector Urbano, (tal lo prevé la Ordenanza 033/2006.MGC) reúne las condiciones necesarias para la instalación del proyecto presentado por el Sr. Cavieza.-
Que a los efectos de una óptima utilización de la Parcela 11 se estima preciso ejecutar una subdivisión de dicha tierra a modo obtener dos sub-parcelas de iguales dimensiones.-
Que a los fines de adjudicación del terreno se estima como apropiado la modalidad de comodato.-
Que deben establecerse las cláusulas, obligaciones y plazos que figuren en el respectivo Contrato de Comodato el cual será firmado entre el futuro ocupante y el Ejecutivo Municipal.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46 sanciona con fuerza de:
ORDENANZA
Artículo 1º: Subdivídase de la actual Parcela 11 de la Fracción 10 del Lote Pastoril 53, que obra en el Plano Nº 28671, propiedad de la Municipalidad de Gobernador Costa, a los fines de producir dos sub-parcelas de iguales dimensiones.——————————————
Artículo 2º: Autorízase la ocupación, con la modalidad de COMODATO por dos (2) años, de uno de los terrenos resultantes de la subdivisión de Parcela 11 de la Fracción 10 del Lote Pastoril 53, a favor del Sr. CAVIEZA, Carlos Claudio DNI. Nº 27.490.381 a los fines exclusivos de la ejecución del Proyecto “Granja Cerdos y Aves de Corral”.———————–
Artículo 3º: En el Contrato de Comodato que firmará el Ejecutivo Municipal con el Sr. Cavieza deben considerarse como cláusulas generales y obligaciones los siguientes aspectos:
- El Comodato por la parte de terreno surgida de la subdivisión de Parcela 11 del Lote Pastoril Nº 53 que ocupará el comodatario para ejecutar su emprendimiento, en ningún caso posibilitará la opción a venta.-
- En el supuesto que el comodatario implante mejoras de material de construcción de mampostería y hierro, las mismas quedarán en posesión de la Municipalidad de Gobernador Costa en el eventual caso de revocarse el Comodato por razones fundadas.-
- El comodatario en ningún caso podrá modificar el fin o el rubro del emprendimiento Proyecto “Granja Cerdos y Aves de Corral”, la inobservancia de este requisito importa la automática revocación del Contrato de Comodato.-
- El comodatario, por ninguna circunstancia podrá instalar vivienda/s en el predio municipal que ocupa, la inobservancia de este requisito importa la automática revocación del Contrato de Comodato.-
- La Autoridad de Contralor del cumplimiento de los requisitos del Contrato de Comodato será la Dirección de Obras Públicas Municipal, que elaborará informes semestrales sobre las inspecciones que realice.-
- Concluido el plazo del Contrato de Comodato actual, y conforme los informes de la Dirección de Obras Públicas Municipal, el Comodatario podrá solicitar ante el Concejo Deliberante la renovación del Comodato por una cantidad de dos (2) años más.-
Artículo 4º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 5º: De Forma.——————————————————————————————
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Diecinueve días del mes de Junio del año Dos mil dieciocho, según consta en Acta Nº 1036/18.HCD.GC.———-
