Año: 2019 Ordenanza N°: Fecha:

Ordenanza: Ratificación del Convenio con el Ministerio del Interior para la Ampliación de la Red de Arterias Urbanas Pavimentadas en Gobernador Costa

VISTO:

El Convenio de Cooperación y Financiación para la Ejecución de la obra “Ampliación de la Red de Arterias Urbanas Pavimentadas” en Gobernador Costa, Provincia del Chubut”, suscripto con el Ministerio del Interior, Subsecretaría de Coordinación de Obra Pública Federal del Gobierno Nacional, y

CONSIDERANDO:  

Que el objeto del mencionado Convenio es la concreción de la obra “adoquinamiento” de calles predeterminadas y específicas de nuestra localidad.-

Que a tales fines, el Gobierno Nacional transfiere al Municipio local la suma de Pesos quince Millones ($15.000.000,00).-

Que en el Convenio visto se establecen las obligaciones que adquiere la Municipalidad de Gobernador Costa y los mecanismos de control y de realización de la obra.-

Que la realización de esta obra será a través de la contratación de obreros y proveedores de Gobernador Costa.-

Que la presente Ordenanza se emite en cumplimiento del Artículo 44 de la Ley XVI N° 46 de Corporaciones Municipales.-

POR ELLO:  

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades conferidas por la ley XVI – Nº 46, sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: RATIFÍCASE en TODOS SUS TÉRMINOS el Convenio de Cooperación y Financiación para la Ejecución de la obra “Ampliación de la Red de Arterias Urbanas Pavimentadas en Gobernador Costa, Provincia del Chubut”, suscripto con el Ministerio del Interior, Subsecretaría de Coordinación de Obra Pública Federal del Gobierno Nacional por una suma de Pesos quince Millones ($15.000.000,00).————————————————-

Artículo 2º: AUTORÍZASE al Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones y modificaciones presupuestarias que sean menester, a los fines exclusivos de dar cabal cumplimiento a las obligaciones derivadas del Documento ratificado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.——————————————————————————————————–

Artículo 3º: COMUNÍQUESE al Ejecutivo Municipal.—————————————————-

Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese y Cumplimentado ARCHÍVESE.—————————–

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Especial a los Nueve días del mes de Mayo del año Dos mil diecinueve, según consta en Acta Nº 1059/19.HCD.GC.————————————-

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