Año: 2019 Ordenanza N°: Fecha:

Ordenanza: Permiso Precario de Ocupación Parcela 27 del Macizo N° 13 a favor del Sr. RODRÍGUEZ, Mauricio Alcides c/destino micro emprendimiento carpintería.

Tema: Permiso Precario de Ocupación Parcela 27 del Macizo N° 13 a favor del Sr. RODRÍGUEZ, Mauricio Alcides c/destino micro emprendimiento carpintería.-

VISTO:

La Nota ingresada el 09 de abril de 2019 presentada por el Sr. RODRÍGUEZ, Mauricio Alcides DNI. N° 34.395.363, y

CONSIDERANDO:

Que el Sr. Rodríguez  efectúa la solicitud de adjudicación a su favor de un terreno fiscal con destino a la ejecución de un micro emprendimiento del rubro Carpintería.-

Que en el Macizo 13, Sector 4, Barrio Malvinas, ingreso Sureste a nuestra localidad, existen terrenos libres de mejoras, los cuales reúnen las características necesarias para la radicación de emprendimientos como el propuesto por el Sr. Rodríguez.-

Que la Ordenanza Municipal N° 061/2017.MGC., establece las obligaciones y plazos que deben cumplimentar los beneficiarios de la Tierra Fiscal Municipal.- 

Que es intención de este Concejo Deliberante ofrecer oportunidades a micro emprendedores locales.-

Que la administración de la Tierra Fiscal Municipal es exclusiva facultad del Concejo Deliberante Municipal según lo tiene previsto la Constitución Provincial en su Artículo 233, Incisos 1 y 10, la Ley XVI – Nº 46 y la Ordenanza Municipal Nº 061/2017.MGC.-  

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:

O R D E N A N Z A

Artículo 1º: Otórgase el Permiso Precario de Ocupación de la Parcela 27 del Macizo 13, Sector 4, Barrio Malvinas, a favor del Sr. RODRÍGUEZ, Mauricio Alcides DNI. N° 34.395.363 a los fines exclusivos de ejecución de micro emprendimiento del rubro Carpintería.———-

Artículo 2º: REQUISITOS MÍNIMOS A CUMPLIMENTAR POR EL PERMISIONARIO:

  1. Cercamiento del perímetro del terreno en un plazo de hasta tres (3) meses contados en días seguidos a partir de la notificación de la presente ordenanza.-
  2. Plazo de hasta sesenta (60) días corridos, contados desde la notificación de la presente ordenanza, a los fines de presentar ante la Municipalidad de Gobernador Costa y el Concejo Deliberante copia del Proyecto a ejecutar, consistente en Memoria Descriptiva, Cálculo de inversión, planta, vistas y cortes, realizado por profesional.-
  3. Plazo de hasta dos (2) años para la ejecución del micro emprendimiento del rubro Carpintería, contados en días seguidos desde la notificación de la presente ordenanza.-
  4. En ningún caso el Permisionario podrá modificar el destino de ejecución de micro emprendimiento del rubro Carpintería.-
  5. En ningún caso el Permisionario podrá vender, alquilar o transferir la Parcela 27 del Macizo 13, Sector 4, Barrio Malvinas de Gobernador Costa.-.-

Artículo 3º: CAUSALES DE CADUCIDAD:

Incumplimiento de lo previsto en los incisos contenidos en el Artículo 2º de la presente Ordenanza o de las previsiones establecidas en la Ordenanza Municipal N° 061/2017.MGC.-

Artículo  4º: Previo a la ocupación del lote en cuestión, el Ejecutivo Municipal, a través del área correspondiente, realizará un certificado de amojonamiento del terreno señalado en el Artículo 1º de la presente Ordenanza.——————————————————————-

Artículo 5º: DEL TÍTULO DE PROPIEDAD: 

A los fines de la obtención del título de propiedad de la Parcela 27 del Macizo 13 Sector 4, Barrio Malvinas de Gobernador Costa, el Permisionario debe acreditar, ante el Departamento de Obras y Servicios Públicos Municipal, el avance de cien por ciento (100%) de las obras objeto de la adjudicación, en los plazos previstos en la presente Ordenanza y con precio a valor fiscal.—————————————————————————————-

Artículo 6º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-

Artículo 7º: Regístrese, Comuníquese y cumplido ARCHÍVESE.————————————–

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Siete días del mes de Mayo del año Dos mil diecinueve, según consta en Acta Nº 1058/19.HCD.GC.——————

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