Tema: Modificación de la Ordenanza Municipal N° 085/2018.MGC.-
VISTO:
La Ordenanza Municipal promulgada con el Número 085/2018.MGC., y
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha Ordenanza se otorgó el Permiso Precario de Ocupación de la Parcela 32 del Macizo 13, Sector 4 de Gobernador Costa, a favor del Sr. SÁNCHEZ, Lucas Daniel DNI. N° 35.886.993 a los fines de le ejecución de un micro emprendimiento del rubro taller mecánico.-
Que mediante Nota N° 080/2019.SMGC. el Ejecutivo Municipal informa a este Concejo Deliberante que han cambiado las nomenclaturas de ese sector del Macizo 13 por cuanto el terreno a ocupar por el Sr. Sánchez figura actualmente como Parcela 66 del Macizo 13, además de que su superficie es de 744,07m2.-
Que la existencia de nuevas nomenclaturas en el Macizo 13, están acreditadas en el Plano de Mensura N° 29916, Expte. 665 – 13; Tomo 281, folio 52, el cual fue remitido adjunto en la Nota N° 080/2019 por el Ejecutivo Municipal.-
Que por consiguiente es necesario la modificatoria de la Ordenanza N° 085/2018.MGC., exclusivamente en lo que refiere a la nomenclatura del terreno, a los fines de su correcta denominación.-
Que se mantienen plenamente los plazos, obligaciones y demás reglamentaciones que se mencionan en la Ordenanza Municipal N° 085/2018.MGC. la cual fuera notificada al Sr. SÁNCHEZ, Lucas Daniel el 18 de marzo de 2019 según registro HCD.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: MODIFÍCASE el Artículo 1° de la Ordenanza Municipal N° 085/2018.MGC el queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 1º: Otórgase el Permiso Precario de Ocupación de la Parcela 66 con una superficie de 744,07m2 de del Macizo N° 13, Sector 4, Circunscripción 1 de Gobernador Costa, a favor del Sr. SÁNCHEZ, Lucas Daniel DNI. Nº 35.886.993 a los fines exclusivos de la ejecución de un micro-emprendimiento del Rubro “Taller Mecánico”, exclusivamente”.-
Artículo 2º: En el Inciso e) del Artículo 2° y en el Artículo 5° de la Ordenanza Municipal N° 085/2018.MGC., donde se lee “Parcela 32” debe interpretarse como “Parcela 66”.———–
Artículo 3º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese y cumplido ARCHÍVESE.————————————–
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Veintiséis días del mes de Marzo del año Dos mil diecinueve, según consta en Acta Nº 1054/19.HCD.GC.——-
