Tema: Adhesión al Decreto Nº 421/23 del Poder Ejecutivo Provincial de la convocatoria a elecciones el 30 de Julio de 2023.-
VISTO:
El Decreto Nº 421/23 mediante el cual el Poder Ejecutivo Provincial ha convocado para el día 30 de Julio de 2023 a comicios en todo el territorio de la Provincia del Chubut para la elección de: a) Gobernador y Vicegobernador; b) Veintisiete (27) Diputados Provinciales titulares y veintisiete (27) suplentes; c) Un (1) Miembro titular y un (1) suplente representante popular ante el Consejo de la Magistratura por las Circunscripciones Judiciales de Comodoro Rivadavia, Puerto Madryn y Sarmiento; d) Presidente de Comunas Rurales y sus Vicepresidentes; e) Juez de Paz de la localidad de Paso de Indios, titular y suplente (Circuito Electoral 63 – A), y
CONSIDERANDO:
Que por el citado instrumento legal en su Artículo 8º se invita a los Municipios a adherir a la convocatoria, delegando sus facultades electorales en el Tribunal Electoral Provincial con la participación de sus respectivos Tribunales Electorales, debiendo cursar la comunicación con setenta (70) días de anticipación al acto eleccionario.-
Que la Ley XVI Nº 46 en su Artículo 16º in fine permite adherir al Sistema Electoral Provincial, a cuyo fin pueden delegarse las facultades electorales en el Tribunal Electoral Provincial con la participación del Tribunal Electoral Municipal.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley XVI Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: ADHERIR al Decreto Provincial Nº 421/23 que tiene por objeto convocar a elecciones para el día 30 de Julio de 2023, para cubrir los cargos de: a) Gobernador y Vicegobernador; b) Veintisiete (27) Diputados Provinciales titulares y veintisiete (27) suplentes; c) Un (1) Miembro titular y un (1) suplente representante popular ante el Consejo de la Magistratura por las Circunscripciones Judiciales de Comodoro Rivadavia, Puerto Madryn y Sarmiento; d) Presidente de Comunas Rurales y sus Vicepresidentes; e) Juez de Paz de la localidad de Paso de Indios, titular y suplente (Circuito Electoral 63 – A).-
Artículo 2º: CONVÓQUESE para el día 30 de julio de 2023 a los ciudadanos de la localidad de Gobernador Costa, debidamente habilitados a los fines de emitir sufragio, para elegir: Intendente Municipal, electo a simple pluralidad de sufragios, Cuatro (4) Concejales Titulares al partido más votado y Tres (3) Concejales Titulares que se distribuirán por el sistema D’ Hont entre los otros partidos, en un todo de acuerdo a los prescripto por el Artículo 11º de la Ley XVI Nº 46.—————————————————————————–
Artículo 3º: DELEGAR las facultades electorales en el Tribunal Electoral Provincial.————
Artículo 4º: Procédase a la apertura del Registro de Extranjeros, a través del Tribunal Electoral Municipal, debiendo los interesados dar estricto cumplimiento a lo establecido por el Artículo 242 de la Constitución de la Provincia del Chubut.———————————–
Artículo 5º: NOTIFÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial.———————————————–
Artículo 6º: Regístrese su Sanción, Gírese al Ejecutivo Municipal para su promulgación, Comuníquese, Notifíquese y Cumplido, ARCHÍVESE.—————————————————-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria a los nueve días del mes de Mayo del año Dos mil veintitrés, según consta en Acta Nº 1162/23.HCD.GC.—————-
