Año: 2012 Ordenanza N°: Fecha: 2012-11-13

Ordenanza: Reglamentación utilización del Ring de Boxeo Municipal.

Tema: Reglamentación utilización del Ring de Boxeo Municipal.-

VISTO: 

               La necesidad de reglamentar la utilización del Ring propiedad de la Municipalidad de Gobernador Costa, y

CONSIDERANDO: 

Que la mencionada estructura de práctica deportiva fue fabricada por la Municipalidad local conllevando ello un valor de Pesos Treinta y Tres Mil ($33.000,00), con aportes de Chubut Deportes, de la municipalidad y recursos propios obtenidos por la Dirección de Deportes Municipal.- 

Que la actividad de Boxeo ha captado la atención de numerosos jóvenes, quienes han encontrado allí un espacio de contención e inclusión a través de la práctica en este deporte, constituyéndose ello en una actividad de interacción social relevante.-  

Que a los efectos de la realización de festivales de box en localidades vecinas, las Municipalidades organizadoras solicitan a esta la locación del mismo.

Que razones de orden y control requieren de la existencia de reglas que reglamenten dichas solicitudes.-

Que dichas reglas deben establecer: plazos razonables de anticipación, responsabilidades, etcétera.-

Que deben establecerse criterios de cuidados de los elementos que forman parte del Patrimonio de la Municipalidad de Gobernador Costa.- 

POR ELLO:

        EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE GOBERNADOR COSTA, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY XVI Nº 46, SANCIONA CON FUERZA DE:

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: Regístrese y dése el Alta correspondiente en el Inventario de Bienes de la Municipalidad de Gobernador Costa al Ring de Boxeo.———————————————— 

Artículo 2º: Establézcase el presente Reglamento para la Utilización del Ring propiedad de la Municipalidad de Gobernador Costa.—————————————————————-

Artículo 3º: Las Municipalidades vecinas podrán solicitar en locación el Ring mediante nota que deberá ser presentada ante la Dirección de Deportes Municipal al menos un (1) mes antes de la realización de un evento boxístico.—————————————————–

Artículo 4º: En la nota de presentación la Municipalidad solicitante se hará responsable de cualquier accidente que el transporte, armado o desarmado del Ring pudiera ocasionar a terceros.———————————————————————————————————–

Artículo 5º: La Dirección de Deportes de la Municipalidad de Gobernador Costa contestará la solicitud en un plazo de CINCO (5) días.————————————————-

Artículo 6º: En el caso que la respuesta prevista en el artículo anterior sea afirmativa, la Municipalidad solicitante deberá suscribir un contrato de locación con la Municipalidad de Gobernador Costa conforme los valores que para tal fin establezca la Ordenanza Tributaria vigente, en el que la solicitante se hará responsable de los gastos de traslado del Ring así como de las responsabilidades detalladas en el artículo 3º.————————–

Artículo 7º: A los efectos de la aplicación de lo dispuesto en el Artículo 5º, créase la Tasa denominada “Servicio Alquiler Ring de Boxeo: Setecientos cincuenta (750)”  Módulos, en la parte pertinente de la Ordenanza Municipal Nº 018/92 – 1.————————————   

Artículo 8º: De Forma.——————————————————————————————

Dada en Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Provincia del Chubut, en Sesión Ordinaria a los Trece días del mes de Noviembre del año Dos mil doce, según consta en Acta Nº 910/2012.HCD.GC.———–

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