Tema: Autorízase permiso precario de ocupación del Lote 4, Manzana Nº 11, Sector 4, a favor del Sr. Cristian Oscar Jaramillo (DNI Nº 26.603.835), con destino a vivienda familiar.”
VISTO:
La solicitud presentada por el Sr. JARAMILLO, Cristian Oscar mediante nota de fecha 18 de julio de 2013;
CONSIDERANDO:
QUE; el Sr. Jaramillo reitera la solicitud original del año 2012 consistente en la adjudicación de un terreno fiscal para la construcción de una vivienda familiar.-
QUE; el Expediente Nº 037/2012.HCD., iniciado a partir de las notas presentadas por el Sr. Jaramillo, ha sido analizado por la comisión “D”, cuyos integrantes han determinado girarlo a la Comisión “A” donde participa el pleno del Concejo Deliberante.-
QUE; la mencionada Comisión de Tierras Municipales ha identificado un terreno apto para construcción de vivienda como la que proyecta el Sr. Jaramillo, ello según surge de la vista a la Ordenanza Municipal Nº 039/2009.MGC., la cual hace alusión a la recuperación del Lote 4 de la Manzana Nº 11 (ex lote b – 2 de la Manzana Nº 135) Sector 4, según plano de mensura obrante en el expediente, inmueble que actualmente pertenece a la órbita de los terrenos fiscales municipales.-
QUE; la Comisión “D” en oportunidad de girar el Expediente del Sr. Jaramillo hacia la Comisión “A”, coordinó una reunión con el solicitante, concretada en la jornada de labor legislativa de fecha 14 de agosto de 2013.-
QUE; por imperio de la Constitución Provincial, la Ley XVI Nº 46 y la Ordenanza Municipal Nº 11/85 “Bis” el manejo y la administración de la Tierra Fiscal es facultad exclusiva de este Concejo Deliberante.-
QUE; en oportunidad de autorizarse la adjudicación del terreno fiscal antes citado, corresponde establecer condiciones y obligaciones a ser cumplimentados por el adjudicatario.-
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE MUNICIPAL DE GOBERNADOR COSTA, PROVINCIA DEL CHUBUT, en ejercicio de las facultades que le otorga la Ley XVI – Nº 46, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: AUTORIZACIÓN PERMISO PRECARIO DE OCUPACIÓN.
AUTORIZASE el permiso precario de ocupación del Lote 4 de la Manzana Nº 11 (ex lote b – 2 de la Manzana Nº 135) Sector 4, a favor del Sr. JARAMILLO, Cristian Oscar DNI. Nº 26.603.835, con destino a construcción de vivienda familiar, exclusivamente.——————
Artículo 2º: CAUSALES DE CADUCIDAD.
Téngase lo dispuesto en los siguientes incisos como causales de caducidad del permiso otorgado en el Artículo 1º de la presente:
- Caducidad del Permiso: Incumplimiento, por parte del Sr. Sr. JARAMILLO, Cristian Oscar en la ejecución del proyecto “Vivienda Familiar” o Constatación, por parte del Estado Municipal, sobre la alteración de los fines previstos.—————————
- El Sr. JARAMILLO, Cristian Oscar tiene hasta sesenta (60) días corridos, contados desde la notificación de la presente ordenanza, a los fines de presentar ante la Municipalidad de Gobernador Costa y el Concejo Deliberante, copia del Proyecto Definitivo de la Obra a ejecutar, consistente en Memoria Descriptiva, Cálculo de inversión, planta, vistas y cortes.——————————————————————-
- El Sr. JARAMILLO, Cristian Oscar tiene un plazo de noventa (90) días contados a partir de la notificación de la presente ordenanza a los fines de comenzar con la ejecución de las obras presentadas en el Proyecto Definitivo y hasta dos (2) años para su finalización en un cien por ciento.——————————————————-
- A los fines de la obtención del título de propiedad del Lote 4 de la Manzana Nº 11 (ex lote b – 2 de la Manzana Nº 135) Sector 4 el Sr. JARAMILLO, Cristian Oscar debe acreditar, ante la Dirección de Obras Públicas Municipal, el avance del cien por ciento de la obra objeto de la adjudicación, en los plazos previstos en la presente Ordenanza y a precio de valor fiscal establecido por el Concejo Deliberante.———-
Artículo 3º: Comuníquese al Ejecutivo Municipal.——————————————————-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Gobernador Costa, Chubut, en Sesión Ordinaria, a los Tres días del mes de Septiembre del año Dos mil trece, según consta en Acta Nº 929/13.HCD.GC.———————————–
